Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021062698)
Resolución de 25 de agosto de 2021, de la Consejera, relativa a la modificación puntual del Plan General Municipal consistente en la reclasificación de suelo no urbanizable de protección natural dehesa a suelo urbano de terrenos ubicados junto al núcleo urbano de Rincón de Ballesteros, para llevar a cabo la ampliación de las instalaciones del Plan Infoex. Cáceres.
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NÚMERO 173
44121
Martes, 7 de septiembre de 2021
En virtud de lo expuesto, vistos los preceptos legales citados, y habiendo formado opinión
favorable a la modificación expresada, la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población
y Territorio
RESUEVE
Aprobar definitivamente la modificación puntual del Plan General Municipal epigrafiada.
Por otro lado, a esta resolución (que también se publicará en la sede electrónica de la Junta
de Extremadura) se acompañará un anexo I contemplativo de un resumen ejecutivo de las
características esenciales de la nueva ordenación, junto con un extracto explicativo de sus
posibles aspectos ambientales.
Como anexo II se acompañará certificado del Jefe de Sección de Gestión del Planeamiento
Urbanístico y Territorial, en la que se hará constar la fecha y n.° de inscripción con la que se
ha procedido al depósito previo del documento aprobado en el Registro Único de Urbanismo
y Ordenación del Territorio de Extremadura dependiente de esta Consejería (artículo 59 de la
LOTUS).
Contra este acuerdo que tiene carácter normativo no cabe recurso en vía administrativa (artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Admnistraciones Públicas), y solo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de igual nombre del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de
dos meses contados desde el día siguiente a su publicación (artículo 46 de Ley 29/1998, de
13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa).
Mérida, 25 de agosto de 2021.
Consejera de Agricultura, Desarrollo
Rural, Población y Territorio,
BEGOÑA GARCÍA BERNAL
44121
Martes, 7 de septiembre de 2021
En virtud de lo expuesto, vistos los preceptos legales citados, y habiendo formado opinión
favorable a la modificación expresada, la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población
y Territorio
RESUEVE
Aprobar definitivamente la modificación puntual del Plan General Municipal epigrafiada.
Por otro lado, a esta resolución (que también se publicará en la sede electrónica de la Junta
de Extremadura) se acompañará un anexo I contemplativo de un resumen ejecutivo de las
características esenciales de la nueva ordenación, junto con un extracto explicativo de sus
posibles aspectos ambientales.
Como anexo II se acompañará certificado del Jefe de Sección de Gestión del Planeamiento
Urbanístico y Territorial, en la que se hará constar la fecha y n.° de inscripción con la que se
ha procedido al depósito previo del documento aprobado en el Registro Único de Urbanismo
y Ordenación del Territorio de Extremadura dependiente de esta Consejería (artículo 59 de la
LOTUS).
Contra este acuerdo que tiene carácter normativo no cabe recurso en vía administrativa (artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Admnistraciones Públicas), y solo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de igual nombre del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de
dos meses contados desde el día siguiente a su publicación (artículo 46 de Ley 29/1998, de
13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa).
Mérida, 25 de agosto de 2021.
Consejera de Agricultura, Desarrollo
Rural, Población y Territorio,
BEGOÑA GARCÍA BERNAL