Consejería De Educación Y Empleo. Educación. (2021040131)
Decreto 103/2021, de 1 de septiembre, por el que se establece el currículo del título profesional básico en Instalaciones Electrotécnicas y Mecánica en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 173
Martes, 7 de septiembre de 2021
43932
cualificaciones y, en su caso, las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.
Por Real Decreto 774/2015, de 28 de agosto, se establece el Título Profesional Básico en
Instalaciones Electrotécnicas y Mecánica y se fijan los aspectos básicos del currículo. La competencia general que se le atribuye a este título consiste en realizar operaciones auxiliares
en el montaje y mantenimiento de instalaciones electrotécnicas y de telecomunicaciones en
edificios, así como operaciones básicas de fabricación y montaje para fabricación mecánica,
observando las normas de prevención de riesgos laborales y protección medioambiental correspondientes y comunicándose de forma oral y escrita en lengua castellana y en su caso en
la lengua cooficial propia así como en alguna lengua extranjera.
En virtud de todo lo cual, previo informe del Consejo Escolar de Extremadura y del Consejo de
Formación Profesional de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Educación y Empleo,
previa deliberación el Consejo de Gobierno en su sesión de 1 de septiembre de 2021,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
El presente decreto tiene por objeto establecer el currículo correspondiente al título profesional básico en instalaciones electrotécnicas y mecánica en la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Artículo 2. Marco general de la formación.
Los aspectos relativos a la identificación del título, el perfil y el entorno profesionales, las
competencias, la prospectiva del título en el sector, los objetivos generales, los accesos y vinculación con otros estudios, la correspondencia de módulos profesionales con las unidades de
competencia incluidas en el título y las titulaciones equivalentes a efectos académicos, profesionales y de docencia, son los que se definen en el Real Decreto 774/2015, de 28 de agosto,
por el que se establecen seis Títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de Títulos
de las enseñanzas de Formación Profesional. (BOE núm. 207, de 29/08/2015).
Artículo 3. Módulos profesionales.
Los módulos profesionales que constituyen el ciclo formativo son los siguientes:
Los incluidos en el Real Decreto 774/2015, de 28 de agosto, es decir:
3013. Instalaciones eléctricas y domóticas.
3014. Instalaciones de telecomunicaciones.
Martes, 7 de septiembre de 2021
43932
cualificaciones y, en su caso, las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.
Por Real Decreto 774/2015, de 28 de agosto, se establece el Título Profesional Básico en
Instalaciones Electrotécnicas y Mecánica y se fijan los aspectos básicos del currículo. La competencia general que se le atribuye a este título consiste en realizar operaciones auxiliares
en el montaje y mantenimiento de instalaciones electrotécnicas y de telecomunicaciones en
edificios, así como operaciones básicas de fabricación y montaje para fabricación mecánica,
observando las normas de prevención de riesgos laborales y protección medioambiental correspondientes y comunicándose de forma oral y escrita en lengua castellana y en su caso en
la lengua cooficial propia así como en alguna lengua extranjera.
En virtud de todo lo cual, previo informe del Consejo Escolar de Extremadura y del Consejo de
Formación Profesional de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Educación y Empleo,
previa deliberación el Consejo de Gobierno en su sesión de 1 de septiembre de 2021,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
El presente decreto tiene por objeto establecer el currículo correspondiente al título profesional básico en instalaciones electrotécnicas y mecánica en la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Artículo 2. Marco general de la formación.
Los aspectos relativos a la identificación del título, el perfil y el entorno profesionales, las
competencias, la prospectiva del título en el sector, los objetivos generales, los accesos y vinculación con otros estudios, la correspondencia de módulos profesionales con las unidades de
competencia incluidas en el título y las titulaciones equivalentes a efectos académicos, profesionales y de docencia, son los que se definen en el Real Decreto 774/2015, de 28 de agosto,
por el que se establecen seis Títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de Títulos
de las enseñanzas de Formación Profesional. (BOE núm. 207, de 29/08/2015).
Artículo 3. Módulos profesionales.
Los módulos profesionales que constituyen el ciclo formativo son los siguientes:
Los incluidos en el Real Decreto 774/2015, de 28 de agosto, es decir:
3013. Instalaciones eléctricas y domóticas.
3014. Instalaciones de telecomunicaciones.