Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Enseñanza Universitaria. (2021040129)
Decreto 101/2021, de 1 de septiembre, por el que se acuerda la implantación de enseñanzas oficiales conducentes a la obtención de títulos de Grado y Máster por la Universidad de Extremadura.
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NÚMERO 173
Martes, 7 de septiembre de 2021

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La normativa autonómica de aplicación es el Decreto 157/2016, de 20 de septiembre, que regula la autorización de la implantación, modificación y supresión de enseñanzas universitarias
oficiales y la renovación de su acreditación, así como la Orden de desarrollo de 16 de enero de
2013, modificada por la Orden de 27 de octubre de 2015, por la que se establece el procedimiento y los plazos para la renovación de la acreditación de los títulos universitarios oficiales
implantados en la Universidad de Extremadura y se crea y regula la Comisión de Estudios
para la implantación, modificación, supresión y revocación de títulos universitarios oficiales.
Reunida la Comisión de Estudios para la Implantación, Modificación, Supresión y Revocación
de Títulos Universitarios Oficiales, en sesión celebrada el día 4 de junio de 2021, según establece el artículo 9.2 del Decreto 157/2016, al objeto de emitir el preceptivo informe sobre
la viabilidad del proyecto que se enmarca dentro de la solicitud presentada, acuerda, por
unanimidad, informar favorablemente la implantación de la propuesta presentada, por la Universidad de Extremadura, que se especifica en el presente decreto.
De acuerdo con la normativa vigente, la Universidad de Extremadura ha elaborado el plan de
estudio para los siguientes títulos universitarios:
Grado en Ingeniería Civil.
Grado en Ingeniería en Geoinformación y Geomática.
Máster Universitario en Energías Renovables, Gestión y Eficiencia Energética.
Máster Universitario en Dirección y Gestión de Proyectos.
Máster Universitario en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos.
Estos planes de estudios han sido verificados por el Consejo de Universidades de forma positiva, previa evaluación favorable de la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación, conforme
dispone el artículo 24 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por el Real Decreto
861/2010, de 2 de julio.
Asimismo, el Consejo Social de la Universidad de Extremadura ha emitido informe favorable
en los términos del artículo 8.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
En consecuencia, corresponde ahora a la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura la autorización de la implantación de los títulos universitarios oficiales a que se
refiere el presente decreto.