Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021062654)
Resolución de 20 de agosto de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de fabricación de carbón vegetal, cuyo promotor es Fernando Jaén Miranda, en el término municipal de Puebla de Obando.
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NÚMERO 172

43755

Lunes, 6 de septiembre de 2021

h) Vigilancia y seguimiento de las emisiones al medio ambiente y, en su caso,
de la calidad del medio ambiente potencialmente afectado.
1. E
 l titular de la AAU dispondrá de un archivo físico o telemático donde se recoja, por orden
cronológico, el funcionamiento del horno (n.º de hornadas y fecha de las mismas), la cantidad madera carbonizada y de carbón producido.
Contaminación Atmosférica:
2. Se llevarán a cabo, por parte de organismos de control autorizado (OCA), controles externos de las emisiones de contaminantes atmosféricos desde los focos. La frecuencia y
contaminantes a medir será la siguiente:

FOCOS

(1)

FRECUENCIA DEL CONTROL
EXTERNO

CONTAMINANTES Y PARÁMETROS A
CONTROLAR
Monóxido de carbono, CO
Óxidos de nitrógeno, NOX (expresados como NO2)

1y2

Al menos, cada cinco años

Opacidad, escala Bacharach
Dióxido de azufre, SO2
Caudal de gases residuales
Porcentaje de oxígeno

(1)

Según numeración indicada en el apartado b.1

3. Las mediciones se podrán realizar empleando equipos basados en células electroquímicas
para los gases de combustión. Dado que, habitualmente, el horno trabaja mediante tiro
natural, las mediciones se podrán realizar en condiciones de ausencia de muestreo isocinético. En cada control se realizarán seis mediciones de 10 minutos de duración, separadas
entre sí, al menos, por cinco minutos, cuyo promedio se comparará con el valor límite de
emisión. En el caso de la opacidad, los tiempos de medición se corresponderán con el tiempo de muestreo de la bomba de opacidad y se precisarán, al menos, tres determinaciones.
4. Las mediciones deberán realizarse durante el segundo día de una carbonización tipo de 8
días duración, fuera del periodo de encendido o apagado del horno.
5. El titular de la instalación deberá comunicar el día que se llevarán a cabo un control externo
con la antelación suficiente.