Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Deportes. Ayudas. (2021062695)
Resolución de 23 de agosto de 2021, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de las ayudas del programa "Somos Deporte Plus" correspondiente al año 2021.
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NÚMERO 171
Viernes, 3 de septiembre de 2021
43596
4. H
abiéndose dado circunstancias excepcionales que imposibilitaron la realización de numerosas competiciones durante el año 2020 en el conjunto de modalidades deportivas, la presente convocatoria está abierta a todas las modalidades deportivas y a los ámbitos nacional
e internacional de las competiciones acogidas a al programa “Somos Deporte”.
Segundo. Régimen jurídico.
1. Esta convocatoria se regirá directamente por lo previsto en la Orden de 21 de julio de 2021,
por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas con cargo al
programa “Somos Deporte Plus”.
2. Asimismo, se regirá por la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura (en adelante Ley de subvenciones de la CAEX), por los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y normativa
de desarrollo, así como por la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de
Extremadura.
Tercero Financiación.
1. L
a financiación de la presente convocatoria se realizará, por importe de ciento setenta
mil euros (170.000€) que se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 15004
G/274A/48100, Proyecto 20170209 “Somos deporte” de los Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021.
2. Se podrán conceder ayudas hasta que se agote totalmente la dotación prevista inicialmente
en la convocatoria o la que, en su caso, haya sido ampliada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.3 de la Ley de Subvenciones de la CAEX.
3. De producirse el agotamiento del crédito presupuestario, se declarará terminado el plazo
de vigencia de la convocatoria mediante anuncio dictado por el órgano que la convocó que
será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones del gobierno regional con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente
presentadas.
Cuarto. Personas beneficiarias.
1. P
odrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas deportistas y entrenadoras en quienes concurran simultáneamente las dos siguientes circunstancias:
— Que hayan sido beneficiarias de alguna ayuda con cargo a la convocatoria del programa
“Somos Deporte” correspondiente al año 2019.
Viernes, 3 de septiembre de 2021
43596
4. H
abiéndose dado circunstancias excepcionales que imposibilitaron la realización de numerosas competiciones durante el año 2020 en el conjunto de modalidades deportivas, la presente convocatoria está abierta a todas las modalidades deportivas y a los ámbitos nacional
e internacional de las competiciones acogidas a al programa “Somos Deporte”.
Segundo. Régimen jurídico.
1. Esta convocatoria se regirá directamente por lo previsto en la Orden de 21 de julio de 2021,
por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas con cargo al
programa “Somos Deporte Plus”.
2. Asimismo, se regirá por la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura (en adelante Ley de subvenciones de la CAEX), por los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y normativa
de desarrollo, así como por la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de
Extremadura.
Tercero Financiación.
1. L
a financiación de la presente convocatoria se realizará, por importe de ciento setenta
mil euros (170.000€) que se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 15004
G/274A/48100, Proyecto 20170209 “Somos deporte” de los Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021.
2. Se podrán conceder ayudas hasta que se agote totalmente la dotación prevista inicialmente
en la convocatoria o la que, en su caso, haya sido ampliada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.3 de la Ley de Subvenciones de la CAEX.
3. De producirse el agotamiento del crédito presupuestario, se declarará terminado el plazo
de vigencia de la convocatoria mediante anuncio dictado por el órgano que la convocó que
será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones del gobierno regional con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente
presentadas.
Cuarto. Personas beneficiarias.
1. P
odrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas deportistas y entrenadoras en quienes concurran simultáneamente las dos siguientes circunstancias:
— Que hayan sido beneficiarias de alguna ayuda con cargo a la convocatoria del programa
“Somos Deporte” correspondiente al año 2019.