Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021062647)
Resolución de 20 de agosto de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto Planta Solar Fotovoltaica "Los Zancones" e infraestructura de evacuación, cuyo promotor es Estrimal Energías Verdes, SL, en el término municipal de Villafranca de los Barros. Expte.: IA20/1638.
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NÚMERO 171
Viernes, 3 de septiembre de 2021



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— Las zanjas, vaciados de tierras y cualquier elemento por debajo del nivel del suelo
susceptible de atrapar fauna vertebrada, contarán con sistemas de escape adecuados mediante elementos específicos o taludes de tierra.

c. Medidas preventivas y correctoras en la fase de explotación.
— 
Se mantendrán en correcto estado de funcionamiento y operativas todas las
instalaciones y dispositivos para cumplir las medidas correctoras incluidas en el
presente informe.


— Los residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley
22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.



— No se producirá ningún tipo de acumulación de materiales o vertidos fuera de las
zonas habilitadas.



— No se utilizarán herbicidas para controlar la vegetación natural. Se hará mediante
ganado evitando el sobrepastoreo (0,2 UGM/ha máximo) y excluyendo el ganado
en el periodo reproductor de la fauna entre abril y junio inclusive, o con medios
mecánicos que no afecten al suelo (desbrozadoras).

— Se realizará un mantenimiento preventivo de todos los aparatos eléctricos que
contengan aceites o gases dieléctricos.


— Se cumplirá lo dispuesto en los términos recogidos en el Real Decreto 1066/2001,
de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas.



— En caso de instalaciones de alumbrado exterior les serán de aplicación las disposiciones relativas a contaminación lumínica, recogidas en el Real Decreto
1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas
complementarias EA-01 a EA-07.

d. Medidas para la restauración una vez finalizada la actividad.


— En caso de finalización de la actividad se deberá dejar el terreno en su estado
original, desmantelando y retirando todos los escombros y residuos por gestor
autorizado. Se dejará el área de actuación en perfecto estado de limpieza, con
el restablecimiento de la escorrentía original, intentando mantener la topografía