Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021062647)
Resolución de 20 de agosto de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto Planta Solar Fotovoltaica "Los Zancones" e infraestructura de evacuación, cuyo promotor es Estrimal Energías Verdes, SL, en el término municipal de Villafranca de los Barros. Expte.: IA20/1638.
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NÚMERO 171
Viernes, 3 de septiembre de 2021
43640
— Los movimientos de tierras serán los imprescindibles para el acondicionamiento
de los terrenos para la instalación de los diferentes elementos, evitando todo tipo
de movimientos de tierras no contemplados en esta evaluación. Se evitará realizar estos trabajos en periodos de lluvias para evitar el arrastre de sedimentos por
escorrentía. Si fuera necesario se realizarán aportes de tierra vegetal extra en las
áreas con peligro de erosión.
— Todas las unidades trasformadoras deberán contar con un foso de recogida de
aceite bajo los transformadores, dimensionado para albergar todo el aceite del
transformador en caso de derrame del mismo y deberá estar impermeabilizado
para evitar riesgos de filtración y contaminación de aguas superficiales y subterráneas.
— Para la instalación del cerramiento perimetral de la planta fotovoltaica se solicitará la autorización preceptiva ante la Dirección General de Sostenibilidad, siempre
y cuando no cumpla con los criterios establecidos en el artículo 17.f del Decreto
226/2013, de 3 de diciembre, por el que se regula las condiciones para la instalación, modificación y reposición de cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Se deben restituir las áreas alteradas, especialmente en zanjas o si se generan
taludes. Se gestionará adecuadamente la tierra vegetal para su uso posterior en
las tareas de restauración de las superficies alteradas, que debe llevarse a cabo
paralelamente durante la fase de construcción.
— Se potenciará la recuperación de la vegetación natural en el interior del recinto
mediante siembras de apoyo en las áreas deterioradas.
— No se ocupará ninguna zona de vegetación natural asociada a los encharcamientos y cauces.
— No se iniciarán los trabajos de construcción entre los meses de abril a julio para
evitar el periodo reproductor de la fauna. Ante la imposibilidad de cumplir este
período, se deberán tomar medidas correctoras que se recogerán en el Plan de
Vigilancia Ambiental.
— Se prestará atención a la mortalidad de fauna, especialmente de reptiles y anfibios, por atropello u otras actividades asociadas a la obra. Para ello se limitará la
velocidad de circulación a 20 km/h en toda el área de implantación del proyecto
hasta su conexión con carretas asfaltadas, y se colocará cartelería de aviso de
presencia de fauna en la calzada.
Viernes, 3 de septiembre de 2021
43640
— Los movimientos de tierras serán los imprescindibles para el acondicionamiento
de los terrenos para la instalación de los diferentes elementos, evitando todo tipo
de movimientos de tierras no contemplados en esta evaluación. Se evitará realizar estos trabajos en periodos de lluvias para evitar el arrastre de sedimentos por
escorrentía. Si fuera necesario se realizarán aportes de tierra vegetal extra en las
áreas con peligro de erosión.
— Todas las unidades trasformadoras deberán contar con un foso de recogida de
aceite bajo los transformadores, dimensionado para albergar todo el aceite del
transformador en caso de derrame del mismo y deberá estar impermeabilizado
para evitar riesgos de filtración y contaminación de aguas superficiales y subterráneas.
— Para la instalación del cerramiento perimetral de la planta fotovoltaica se solicitará la autorización preceptiva ante la Dirección General de Sostenibilidad, siempre
y cuando no cumpla con los criterios establecidos en el artículo 17.f del Decreto
226/2013, de 3 de diciembre, por el que se regula las condiciones para la instalación, modificación y reposición de cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Se deben restituir las áreas alteradas, especialmente en zanjas o si se generan
taludes. Se gestionará adecuadamente la tierra vegetal para su uso posterior en
las tareas de restauración de las superficies alteradas, que debe llevarse a cabo
paralelamente durante la fase de construcción.
— Se potenciará la recuperación de la vegetación natural en el interior del recinto
mediante siembras de apoyo en las áreas deterioradas.
— No se ocupará ninguna zona de vegetación natural asociada a los encharcamientos y cauces.
— No se iniciarán los trabajos de construcción entre los meses de abril a julio para
evitar el periodo reproductor de la fauna. Ante la imposibilidad de cumplir este
período, se deberán tomar medidas correctoras que se recogerán en el Plan de
Vigilancia Ambiental.
— Se prestará atención a la mortalidad de fauna, especialmente de reptiles y anfibios, por atropello u otras actividades asociadas a la obra. Para ello se limitará la
velocidad de circulación a 20 km/h en toda el área de implantación del proyecto
hasta su conexión con carretas asfaltadas, y se colocará cartelería de aviso de
presencia de fauna en la calzada.