Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021062642)
Resolución de 20 de agosto de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada a la almazara promovida por Soc. Ltda. Agrícola de Servicios La Avionera, en Puebla de la Calzada.
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NÚMERO 170
Jueves, 2 de septiembre de 2021
43553
RESOLUCIÓN de 20 de agosto de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada a la
almazara promovida por Soc. Ltda. Agrícola de Servicios La Avionera, en
Puebla de la Calzada. (2021062642)
ANTECEDENTES DE HECHO
1. C
on fecha 17 de junio de 2020 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de Extremadura, la solicitud de la Autorización Ambiental Unificada (AAU) para la almazara en Puebla
de la Calzada (Badajoz) promovida por Soc. Ltda. Agrícola de Servicios la Avionera.
2. L
as instalaciones se ubican en la Avenida Carmen Amigo 115, km 41 de Puebla de la
Calzada (Badajoz) en suelo urbano de uso industrial. Las coordenadas son las siguientes
(ETRS1989-UTM, son 29N): X: 705038.82 Y: 4307158.78.
3. E
sta actividad está incluida en la categoría 3.2.b) del anexo II de la Ley 16/2015, de 23
de abril, relativa a instalaciones para el tratamiento y transformación, diferente del mero
envasado, de la siguientes materias primas, tratadas o no previamente, destinadas a la
fabricación de productos alimenticios o piensos a partir de material prima vegetal, sea
fresca, congelada, conservada, precocinada, deshidratada o completamente elaborada, de
una capacidad de producción de productos acabados igual o inferior a 300 toneladas por
día o 600 toneladas por día en caso de que la instalación funcione durante un periodo no
superior a 90 días consecutivos en un año cualquiera, y superior a 20 toneladas por día.
4. C
on fecha 17 de agosto de 2020, el órgano ambiental publica Anuncio en su sede electrónica, poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información relativa
al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, sin que haya habido alegación alguna.
5. M
ediante escrito de 18 de enero de 2021, la Dirección General de Sostenibilidad (DGS)
remitió al Ayuntamiento de Puebla de la Calzada copia de la solicitud de AAU con objeto
de que este Ayuntamiento conforme al artículo 16.6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura emitiera un informe
técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean
de su competencia.
6. E
l Ayuntamiento de Puebla de la Calzada remitió informe de fecha de 22 de febrero de
2021, que dicen: “…Que por parte de la Dirección General de Sostenibilidad, en relación
al expte. Autorización Ambiental Unificada, AAU20/083, tramitado por la empresa Agrícola
de Servicios La Avionera, SL, para la instalación de una almazara para la producción de
Jueves, 2 de septiembre de 2021
43553
RESOLUCIÓN de 20 de agosto de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada a la
almazara promovida por Soc. Ltda. Agrícola de Servicios La Avionera, en
Puebla de la Calzada. (2021062642)
ANTECEDENTES DE HECHO
1. C
on fecha 17 de junio de 2020 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de Extremadura, la solicitud de la Autorización Ambiental Unificada (AAU) para la almazara en Puebla
de la Calzada (Badajoz) promovida por Soc. Ltda. Agrícola de Servicios la Avionera.
2. L
as instalaciones se ubican en la Avenida Carmen Amigo 115, km 41 de Puebla de la
Calzada (Badajoz) en suelo urbano de uso industrial. Las coordenadas son las siguientes
(ETRS1989-UTM, son 29N): X: 705038.82 Y: 4307158.78.
3. E
sta actividad está incluida en la categoría 3.2.b) del anexo II de la Ley 16/2015, de 23
de abril, relativa a instalaciones para el tratamiento y transformación, diferente del mero
envasado, de la siguientes materias primas, tratadas o no previamente, destinadas a la
fabricación de productos alimenticios o piensos a partir de material prima vegetal, sea
fresca, congelada, conservada, precocinada, deshidratada o completamente elaborada, de
una capacidad de producción de productos acabados igual o inferior a 300 toneladas por
día o 600 toneladas por día en caso de que la instalación funcione durante un periodo no
superior a 90 días consecutivos en un año cualquiera, y superior a 20 toneladas por día.
4. C
on fecha 17 de agosto de 2020, el órgano ambiental publica Anuncio en su sede electrónica, poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información relativa
al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, sin que haya habido alegación alguna.
5. M
ediante escrito de 18 de enero de 2021, la Dirección General de Sostenibilidad (DGS)
remitió al Ayuntamiento de Puebla de la Calzada copia de la solicitud de AAU con objeto
de que este Ayuntamiento conforme al artículo 16.6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura emitiera un informe
técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean
de su competencia.
6. E
l Ayuntamiento de Puebla de la Calzada remitió informe de fecha de 22 de febrero de
2021, que dicen: “…Que por parte de la Dirección General de Sostenibilidad, en relación
al expte. Autorización Ambiental Unificada, AAU20/083, tramitado por la empresa Agrícola
de Servicios La Avionera, SL, para la instalación de una almazara para la producción de