Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Salud Pública. Intervención Administrativa. (2021062725)
Resolución de 2 de septiembre de 2021, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 1 de septiembre de 2021, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se establece la medida temporal y específica de restricción de la entrada y salida del municipio de La Coronada.
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EXTRAORDINARIO NÚMERO 19
Jueves 2 de septiembre de 2021

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Las medidas en materia de salud pública que se contempla en este Acuerdo se adopta teniendo en cuenta la existencia de un riesgo inminente y extraordinario para la salud pública en
los ámbitos geográficos señalados y con riesgo de afectación fuera de estos por la transmisibilidad de la Covid-19, atendiendo, por tanto, a razones de urgencia, y de acuerdo con los
principios de proporcionalidad y de precaución o intervención temprana, conjugando las razones sanitarias y la necesidad de continuar implementando medidas no farmacológicas que
impidan la circulación del coronavirus Sars-Cov-2 -en tanto y cuanto no se elimine o minimice
al máximo la transmisión de este-, con las características sociales, económicas y culturales
de los territorios afectados.
En virtud de cuanto antecede, a propuesta del Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales y en el ejercicio de las competencias que ostenta, este Consejo de
Gobierno, reunido en sesión de 1 de septiembre de 2021, adopta el presente
ACUERDO:
Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
El presente acuerdo tiene por objeto:
1. Declarar en el municipio de La Coronada, durante el período que se prevé en el acuerdo
quinto, el nivel de alerta sanitaria 3, y como consecuencia de dicha declaración, establecer la medida temporal de limitación de la entrada y salida del municipio, sin necesidad
de implementar el resto de medidas previstas para este nivel de alerta en el Acuerdo de
5 de mayo de 2021, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se
establecen los distintos niveles de alerta sanitaria y las medidas generales de prevención e
intervención administrativas en materia de salud pública aplicables en Extremadura hasta
que sea declarada por el Gobierno de España la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
2. La medida contemplada en este acuerdo se entienden sin perjuicio de aquellas que, de
conformidad con la legislación ordinaria en materia de salud pública, se adopten en este
municipio por las autoridades sanitarias competentes en nuestra región, así como aquellas
medidas de alcance generalizado en toda la Comunidad Autónoma establecidas al amparo
de la normativa común en materia de salud pública.
Segundo. De la limitación de la entrada y salida del municipio.
1. En el municipio de La Coronada se restringe la entrada y salida del término municipal correspondiente, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se
produzcan por alguno de los siguientes motivos: