Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Normas Subsidiarias. (2021AC0065)
Corrección de errores de Acuerdo de 26 de septiembre de 2019, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación de la modificación puntual n.º 18 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Oliva de la Frontera, consistente en la reclasificación de Suelo No Urbanizable Común a Suelo Urbanizable de uso Industrial de terrenos situados al este del casco urbano, creándose el Sector SI-7.
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NÚMERO 170
43508
Jueves, 2 de septiembre de 2021
Las presentes ordenanzas son de aplicación al suelo urbanizable que comprende el sector
industrial 7 de las NN.SS. de Oliva de la Frontera. El sector industrial 7 se encuentra en la
zona de ordenanzas ZONA IX Industrial Tipo 2, que será incorporado a las NN.SS.
Edificabilidad Bruta y Estándar Dotacional (OE):
A continuación, se detallan tanto la edificabilidad bruta como los estándares dotacionales
(zona verde, equipamiento, aparcamientos (privados y públicos) para la totalidad del sector
industrial 7:
• Edificabilidad bruta (uso industrial):
0,32 m2t / m2.
• Edificabilidad bruta (uso equipamiento):
0,15 m2t / m2.
• Edificabilidad bruta (uso zona verde):
0,01 m2t / m2.
• Dotacional:
2.748 m2.
– Zona Verde:
1.832 m2.
– Equipamiento:
916 m2.
– Aparcamientos:
83 plazas.
- Públicos:
29 plazas.
- Privados:
58 plazas.
Condiciones Generales (OE):
En el caso de existir discrepancias entre la distinta regulación, se seguirá el siguiente orden:
1. L
egislación estatal y autonómica en materia de urbanismo.
2. R
eglamento de Planeamiento de Extremadura.
3. O
rdenanzas reguladoras de la propuesta de Modificación n.º 18.
4. N
N.SS. de Oliva de la Frontera vigentes.
5. O
rdenanzas reguladoras del futuro Plan Parcial del sector industrial 7 (se presentará
junto al Programa de Ejecución).
Condiciones de Uso (OE):
43508
Jueves, 2 de septiembre de 2021
Las presentes ordenanzas son de aplicación al suelo urbanizable que comprende el sector
industrial 7 de las NN.SS. de Oliva de la Frontera. El sector industrial 7 se encuentra en la
zona de ordenanzas ZONA IX Industrial Tipo 2, que será incorporado a las NN.SS.
Edificabilidad Bruta y Estándar Dotacional (OE):
A continuación, se detallan tanto la edificabilidad bruta como los estándares dotacionales
(zona verde, equipamiento, aparcamientos (privados y públicos) para la totalidad del sector
industrial 7:
• Edificabilidad bruta (uso industrial):
0,32 m2t / m2.
• Edificabilidad bruta (uso equipamiento):
0,15 m2t / m2.
• Edificabilidad bruta (uso zona verde):
0,01 m2t / m2.
• Dotacional:
2.748 m2.
– Zona Verde:
1.832 m2.
– Equipamiento:
916 m2.
– Aparcamientos:
83 plazas.
- Públicos:
29 plazas.
- Privados:
58 plazas.
Condiciones Generales (OE):
En el caso de existir discrepancias entre la distinta regulación, se seguirá el siguiente orden:
1. L
egislación estatal y autonómica en materia de urbanismo.
2. R
eglamento de Planeamiento de Extremadura.
3. O
rdenanzas reguladoras de la propuesta de Modificación n.º 18.
4. N
N.SS. de Oliva de la Frontera vigentes.
5. O
rdenanzas reguladoras del futuro Plan Parcial del sector industrial 7 (se presentará
junto al Programa de Ejecución).
Condiciones de Uso (OE):