Consejería De Igualdad Y Portavocía. Igualdad De Género. Subvenciones. (2021050150)
Orden de 24 de agosto de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a las asociaciones, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres, para desarrollar programas relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades, entre mujeres y hombres.
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NÚMERO 169
Miércoles, 1 de septiembre de 2021

43403

En el artículo 24.2 de esta orden se establece una fórmula con objeto de proceder al prorrateo
del importe global máximo de la subvención entre las entidades beneficiarias, tal como prevé
el artículo 22.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que establece que, con carácter excepcional, siempre que así se prevea
en las bases reguladoras, el órgano competente procederá al prorrateo entre los beneficiarios
de la subvención del importe global máximo destinado a las subvenciones. La aplicación de
esta fórmula garantizará una dotación económica mínima a todas aquellas entidades beneficiarias, dado el interés público y social de las mismas, como herramientas que canalizan la
participación social y política de las mujeres.
En virtud de lo expuesto, a propuesta del Instituto de la Mujer de Extremadura, de conformidad con las atribuciones que me confieren los artículos 36.f) y 92 de la Ley 1/2002, de 28 de
febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y
de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto.
1. La presente orden tiene por objeto establecer, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, las bases reguladoras que han de regir el procedimiento de concesión de ayudas para la realización de proyectos relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, en régimen de concurrencia competitiva.
2. L
 a finalidad de estas subvenciones están destinadas a financiar ayudas, a las asociaciones, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres, para desarrollar proyectos
dirigidos a potenciar su participación social en el ámbito de la igualdad entre mujeres y
hombres.
Artículo 2. Régimen jurídico.
Las ayudas reguladas en la presente orden se rigen por lo establecido en las normas básicas de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, sin perjuicio de su carácter supletorio en el resto de sus disposiciones; por la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; por la Ley 5/2007, de
19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y por lo dispuesto en las demás
normas concordantes en materia de subvenciones públicas.