Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062379)
Resolución de 27 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica a favor de la Sociedad Mercantil Autonómica URVIPEXSA, SA, para financiar las actuaciones del Programa Piloto "Rehabita" a desarrollar en los municipios de Alconchel, Casar de Cáceres, Garrovillas de Alconétar, Guareña, Madroñera, Olivenza y otros.
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NÚMERO 146
39193
Viernes, 30 de julio de 2021
a su vez con una amplia experiencia demostrada en el ámbito de la promoción de vivienda,
venta y alquiler de las mismas.
Por todo ello se dota a URVIPEXSA, SA, de parte de la financiación necesaria para acometer un
número suficiente de actuaciones que sirvan de experiencia “piloto” para, evaluar los resultados obtenidos y, en su caso, continuar el desarrollo de dicho Programa en otros municipios
de la región.
VI
La justificación de la selección previa de actuaciones en los Municipios de Alconchel, Casar
de Cáceres, Garrovillas de Alconétar, Guareña, Madroñera y Olivenza, responde a los motivos
que se indican a continuación, los cuales han sido verificados a través de la información recabada de los mismos mediante su colaboración, de acuerdo con el principio de cooperación,
colaboración y coordinación entre las Administraciones Públicas previsto en el artículo 3.1.k)
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
URVIPEXSA, SA, dado su objeto social, y como se ha indicado, ha contribuido al desarrollo de
las políticas de vivienda de la Junta de Extremadura a través de la realización de diferentes
promociones de viviendas protegidas y actuaciones de rehabilitación de barrios en numerosos
municipios de toda la región. Esto le ha reportado, a través de la realización de los correspondientes estudios de demanda, datos sobre la necesidad de vivienda en alquiler, el perfil
de las personas susceptibles de arrendar, así como rangos de precios, que proporcionan una
primera aproximación al mercado del alquiler en el que se enmarca la actuación objeto de la
Transferencia.
De ahí que en todos los municipios seleccionados se ha detectado que según datos del INE se
ha producido un descenso de población durante la última década que oscila entre el 1% de
Olivenza al 14% de Madroñera.
Estos municipios han aportado una ficha-encuesta que contiene datos en sus cascos sobre el
número de viviendas con necesidades de rehabilitación y el número de viviendas deshabitadas, así como las necesidades totales de vivienda tanto en propiedad como en alquiler. Estos
documentos revelan que cuentan con un porcentaje de viviendas deshabitadas en sus cascos
que oscila del 20% en Olivenza al 42% de Alconchel, de las cuales más del 40% de precisan
de rehabilitación.
Por otra parte, a pesar de la disminución de población aludida, paradójicamente, de un 3 a un
10% de las familias tiene necesidades de vivienda que no pueden satisfacer por encontrarse
con un parque deshabitado, muy deteriorado y que ni siquiera está en el mercado. Esto provoca que algunas de estas familias, ante el impedimento de asentarse en estos municipios optan
por la emigración con el consiguiente agravamiento de la pérdida de población.
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Viernes, 30 de julio de 2021
a su vez con una amplia experiencia demostrada en el ámbito de la promoción de vivienda,
venta y alquiler de las mismas.
Por todo ello se dota a URVIPEXSA, SA, de parte de la financiación necesaria para acometer un
número suficiente de actuaciones que sirvan de experiencia “piloto” para, evaluar los resultados obtenidos y, en su caso, continuar el desarrollo de dicho Programa en otros municipios
de la región.
VI
La justificación de la selección previa de actuaciones en los Municipios de Alconchel, Casar
de Cáceres, Garrovillas de Alconétar, Guareña, Madroñera y Olivenza, responde a los motivos
que se indican a continuación, los cuales han sido verificados a través de la información recabada de los mismos mediante su colaboración, de acuerdo con el principio de cooperación,
colaboración y coordinación entre las Administraciones Públicas previsto en el artículo 3.1.k)
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
URVIPEXSA, SA, dado su objeto social, y como se ha indicado, ha contribuido al desarrollo de
las políticas de vivienda de la Junta de Extremadura a través de la realización de diferentes
promociones de viviendas protegidas y actuaciones de rehabilitación de barrios en numerosos
municipios de toda la región. Esto le ha reportado, a través de la realización de los correspondientes estudios de demanda, datos sobre la necesidad de vivienda en alquiler, el perfil
de las personas susceptibles de arrendar, así como rangos de precios, que proporcionan una
primera aproximación al mercado del alquiler en el que se enmarca la actuación objeto de la
Transferencia.
De ahí que en todos los municipios seleccionados se ha detectado que según datos del INE se
ha producido un descenso de población durante la última década que oscila entre el 1% de
Olivenza al 14% de Madroñera.
Estos municipios han aportado una ficha-encuesta que contiene datos en sus cascos sobre el
número de viviendas con necesidades de rehabilitación y el número de viviendas deshabitadas, así como las necesidades totales de vivienda tanto en propiedad como en alquiler. Estos
documentos revelan que cuentan con un porcentaje de viviendas deshabitadas en sus cascos
que oscila del 20% en Olivenza al 42% de Alconchel, de las cuales más del 40% de precisan
de rehabilitación.
Por otra parte, a pesar de la disminución de población aludida, paradójicamente, de un 3 a un
10% de las familias tiene necesidades de vivienda que no pueden satisfacer por encontrarse
con un parque deshabitado, muy deteriorado y que ni siquiera está en el mercado. Esto provoca que algunas de estas familias, ante el impedimento de asentarse en estos municipios optan
por la emigración con el consiguiente agravamiento de la pérdida de población.