Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062381)
Resolución de 27 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio de Colaboración suscrito el 18 de octubre de 2019 entre la Confederación Hidrográfica del Guadiana, la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Badajoz para la financiación y ejecución de las obras contenidas en el proyecto de "Actuación y mejoras de las carreteras de Helechosa de los Montes a Bohonal y Villarta de los Montes (Badajoz)", conocidas como "Y" Reserva del Cíjara, y posterior cesión de las carreteras a la Diputación Provincial de Badajoz.
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NÚMERO 146
Viernes, 30 de julio de 2021

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Anualidad 2021: (1.090.391,60 €).
El importe previsto para esta anualidad, (1.090.391,60 €), se abonará en un solo pago,
una vez justificados gastos por importe de la cantidad total aportada en la anualidad de
2019 por las Administraciones intervinientes, esto es, 850.115,18 €; dicha justificación
deberá ser presentada ante la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda antes del
10 de diciembre de 2021.
Anualidad 2022: (1.800.000,00 €).
El 50%, de la cantidad prevista para esta anualidad, (900.000,00 €), se abonará una
vez justificados gastos por importe de la cantidad total aportada en la anualidad de
2021 por las tres Administraciones intervinientes, 2.990.097,38 €; dicha justificación
deberá ser presentada ante la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda antes del
30 de junio de 2022.
El abono del otro 50%, (900.000,00 €), se realizará una vez justificados gastos por importe de la cantidad total aportada en el primer pago de la anualidad 2022 por las tres
Administraciones intervinientes, 3.180.584,78 €. Esta justificación deberá ser presentada ante la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda antes del 10 de diciembre
de 2022.
La justificación de los gastos por importe de la cantidad total aportada por las tres Administraciones intervinientes en el segundo abono de esta anualidad, 3.180.584,78 €;
deberá ser presentada ante la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda antes del
30 de junio de 2023.
A tal efecto, conforme lo dispuesto en la Disposición Final 4ª de la Ley 5/2007, de 19
de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, la beneficiaria queda exenta de
la obligación de constituir garantía por los anticipos recibidos.
B) J ustificación: Las justificaciones se realizarán según lo previsto en el artículo 35 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y conforme a las siguientes instrucciones:


— En cada justificación la Diputación Provincial de Badajoz presentará certificación del
órgano competente, en la que se harán constar tanto los gastos y pagos realizados,
como el cumplimiento de la finalidad para la que se concede la subvención, conforme
al Anexo III.



— En cada justificación se acompañarán las facturas y certificaciones de obra, así como
los documentos bancarios justificativos del pago de las mismas a las cuales se le
dará conformidad por el Servicio de Proyectos y Construcción de Carreteras de la