Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021062319)
Resolución de 15 de julio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "PSFV Trujillo" de 56,50 MWp, en los términos municipales de Torrecillas de la Tiesa y Aldeacentenera (Cáceres). Expte.: IA21/0010.
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NÚMERO 146
39326
Viernes, 30 de julio de 2021
• Se cuidará que no se vea afectado el arbolado de zonas limítrofes a la
zona de implantación de la planta solar fotovoltaica y la zona afectada
por la línea de evacuación y se cuidará el suelo para evitar la degradación
de ecosistemas y la erosión.
• Se vigilará el estado fitosanitario de las encinas y si sufrieran merma
se valorará en coordinación con el órgano forestal de la Junta de Extremadura, la plantación de un cierto número de ejemplares por cada pie
afectado, y el compromiso de llevar a cabo el mantenimiento de las plantaciones y áreas forestadas durante un periodo de tiempo que garantice
la supervivencia de los nuevos ejemplares.
• Las infraestructuras de evacuación necesarias se deben realizar de manera
razonable y con una buena planificación evitando la aglomeración de
infraestructuras para dar servicio de manera individual a cada instalación.
•L
as medidas preventivas, correctoras proyectadas se cumplirán en las tres
fases del proyecto construcción, funcionamiento y desmantelamiento, especialmente en lo que se refiere al proyecto de restauración y revegetación de
la zona.
• La vida útil de la instalación se estima en 25 años. Una vez finalizada la
vida útil, en caso de no realizarse una reposición de la planta, se procederá al desmantelamiento y retirada de todos los equipos. A continuación,
se procederá a la restitución y restauración la totalidad de los terrenos
afectados dando a la parcela el mismo uso que previamente tenía.
— Con fecha 29 de junio de 2021, la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio ha emitido informe urbanístico que ha sido tenido en
cuenta en el apartado H, relativo a la calificación rústica.
B.3. Trámite de consultas a las personas interesadas.
En cumplimiento con lo establecido en el artículo 67 de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la
Dirección General de Sostenibilidad, además de a las Administraciones Públicas
afectadas, también consultó y a las personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas, interesadas o vinculadas con el medio ambiente. Las consultas realizadas se
relacionan en la tabla adjunta, no habiéndose recibido alegaciones durante este
trámite.
RELACIÓN DE CONSULTADOS
RESPUESTA
Ecologistas en Acción Extremadura
-
ADENEX
-
Fundación Naturaleza y Hombre
-
39326
Viernes, 30 de julio de 2021
• Se cuidará que no se vea afectado el arbolado de zonas limítrofes a la
zona de implantación de la planta solar fotovoltaica y la zona afectada
por la línea de evacuación y se cuidará el suelo para evitar la degradación
de ecosistemas y la erosión.
• Se vigilará el estado fitosanitario de las encinas y si sufrieran merma
se valorará en coordinación con el órgano forestal de la Junta de Extremadura, la plantación de un cierto número de ejemplares por cada pie
afectado, y el compromiso de llevar a cabo el mantenimiento de las plantaciones y áreas forestadas durante un periodo de tiempo que garantice
la supervivencia de los nuevos ejemplares.
• Las infraestructuras de evacuación necesarias se deben realizar de manera
razonable y con una buena planificación evitando la aglomeración de
infraestructuras para dar servicio de manera individual a cada instalación.
•L
as medidas preventivas, correctoras proyectadas se cumplirán en las tres
fases del proyecto construcción, funcionamiento y desmantelamiento, especialmente en lo que se refiere al proyecto de restauración y revegetación de
la zona.
• La vida útil de la instalación se estima en 25 años. Una vez finalizada la
vida útil, en caso de no realizarse una reposición de la planta, se procederá al desmantelamiento y retirada de todos los equipos. A continuación,
se procederá a la restitución y restauración la totalidad de los terrenos
afectados dando a la parcela el mismo uso que previamente tenía.
— Con fecha 29 de junio de 2021, la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio ha emitido informe urbanístico que ha sido tenido en
cuenta en el apartado H, relativo a la calificación rústica.
B.3. Trámite de consultas a las personas interesadas.
En cumplimiento con lo establecido en el artículo 67 de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la
Dirección General de Sostenibilidad, además de a las Administraciones Públicas
afectadas, también consultó y a las personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas, interesadas o vinculadas con el medio ambiente. Las consultas realizadas se
relacionan en la tabla adjunta, no habiéndose recibido alegaciones durante este
trámite.
RELACIÓN DE CONSULTADOS
RESPUESTA
Ecologistas en Acción Extremadura
-
ADENEX
-
Fundación Naturaleza y Hombre
-