Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Instalaciones Eléctricas. (2021062329)
Resolución de 12 de julio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Nueva LAMT de enlace, entre la L-"Valdecañas 1" de la ST "Almaraz", de 15 kV, y la L-"Navalmoral" de la ST "Almaraz", de 20 kV, e instalación de autotransformador 20/15 kV", a realizar en el término municipal de Belvís de Monroy (Cáceres), cuyo promotor es I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: LE 056/18.
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NÚMERO 146
Viernes, 30 de julio de 2021
39284
El resultado de las contestaciones recibidas de las distintas Administraciones públicas y personas interesadas, se resume a continuación:
— Con fecha de 1 de enero de 2020, el agente del medio natural emite informe en el que
indica que en las proximidades de la zona donde se va a ubicar el proyecto hay un nido
de Águila Imperial. Otra avifauna presente en la zona son buitre leonado, águila culebrera, águila real o alimoche. Indica que el Espacio Red Natura 2000 más cercano es la
ZEPA “Embalse de Valdecañas”, y que el proyecto puede afectar a especies de fauna o
flora amenazadas incluidas en el Anexo I del Decreto 37/2001, de 6 de marzo.
— Con fecha de 17 de enero de 2020, la Confederación Hidrográfica del Tajo emite informe sobre sugerencias relativas al impacto ambiental derivado del citado proyecto, las
cuales serán incluidas en el condicionado del presente informe de impacto ambiental.
— Con fecha de 5 de febrero de 2020, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas emite informe en el que indica que la actividad no está incluida en la Red
Natura 2000. No obstante, establece una serie de medidas que serán incluidas en el
condicionado del presente informe de impacto ambiental.
— Con fecha de 25 de mayo de 2020, el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal informa
favorablemente la actividad desde el punto de vista forestal siempre que se cumplan las
medidas correctoras y condiciones técnicas establecidas en su informe, las cuales serán
incluidas en el condicionado del presente informe de impacto ambiental.
— Con fecha de 9 de noviembre de 2020, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y
Patrimonio Cultural emite informe favorable condicionado al obligado cumplimiento de
las medidas correctoras en la fase de ejecución de las obras, las cuales serán incluidas
en el condicionado del presente informe de impacto ambiental.
— Con fecha de 27 de noviembre de 2020, la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio informa que, a efectos de ordenación del territorio el proyecto se
encuentra afectado por el Plan Territorial del Campo Arañuelo (en adelante PTCA), y no
se haya afectado por Proyecto de Interés Regional aprobado.
Esta Dirección General indica que el municipio de Belvís de Monroy posee como instrumento
de Planeamiento Urbanístico vigente unas Normas Subsidiarias.
Teniendo en cuenta la regulación del marco normativo del Plan Territorial de Campo Arañuelo
establecidas en el apartado de “Observaciones”, sería necesario cumplir, al tratarse de una
línea eléctrica inferior a 66 kV, con lo reglamentado en el artículo 70. Tendidos eléctricos de
tensión inferior a 66 kV. (NAD y D). No obstante, el proyecto se encontraría condicionado a
Viernes, 30 de julio de 2021
39284
El resultado de las contestaciones recibidas de las distintas Administraciones públicas y personas interesadas, se resume a continuación:
— Con fecha de 1 de enero de 2020, el agente del medio natural emite informe en el que
indica que en las proximidades de la zona donde se va a ubicar el proyecto hay un nido
de Águila Imperial. Otra avifauna presente en la zona son buitre leonado, águila culebrera, águila real o alimoche. Indica que el Espacio Red Natura 2000 más cercano es la
ZEPA “Embalse de Valdecañas”, y que el proyecto puede afectar a especies de fauna o
flora amenazadas incluidas en el Anexo I del Decreto 37/2001, de 6 de marzo.
— Con fecha de 17 de enero de 2020, la Confederación Hidrográfica del Tajo emite informe sobre sugerencias relativas al impacto ambiental derivado del citado proyecto, las
cuales serán incluidas en el condicionado del presente informe de impacto ambiental.
— Con fecha de 5 de febrero de 2020, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas emite informe en el que indica que la actividad no está incluida en la Red
Natura 2000. No obstante, establece una serie de medidas que serán incluidas en el
condicionado del presente informe de impacto ambiental.
— Con fecha de 25 de mayo de 2020, el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal informa
favorablemente la actividad desde el punto de vista forestal siempre que se cumplan las
medidas correctoras y condiciones técnicas establecidas en su informe, las cuales serán
incluidas en el condicionado del presente informe de impacto ambiental.
— Con fecha de 9 de noviembre de 2020, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y
Patrimonio Cultural emite informe favorable condicionado al obligado cumplimiento de
las medidas correctoras en la fase de ejecución de las obras, las cuales serán incluidas
en el condicionado del presente informe de impacto ambiental.
— Con fecha de 27 de noviembre de 2020, la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio informa que, a efectos de ordenación del territorio el proyecto se
encuentra afectado por el Plan Territorial del Campo Arañuelo (en adelante PTCA), y no
se haya afectado por Proyecto de Interés Regional aprobado.
Esta Dirección General indica que el municipio de Belvís de Monroy posee como instrumento
de Planeamiento Urbanístico vigente unas Normas Subsidiarias.
Teniendo en cuenta la regulación del marco normativo del Plan Territorial de Campo Arañuelo
establecidas en el apartado de “Observaciones”, sería necesario cumplir, al tratarse de una
línea eléctrica inferior a 66 kV, con lo reglamentado en el artículo 70. Tendidos eléctricos de
tensión inferior a 66 kV. (NAD y D). No obstante, el proyecto se encontraría condicionado a