Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Instalaciones Eléctricas. (2021062329)
Resolución de 12 de julio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Nueva LAMT de enlace, entre la L-"Valdecañas 1" de la ST "Almaraz", de 15 kV, y la L-"Navalmoral" de la ST "Almaraz", de 20 kV, e instalación de autotransformador 20/15 kV", a realizar en el término municipal de Belvís de Monroy (Cáceres), cuyo promotor es I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: LE 056/18.
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NÚMERO 146
Viernes, 30 de julio de 2021
39307
— Se controlará la emisión de gases contaminantes de los vehículos y maquinaria,
así como la generación de ruidos, con su continua puesta a punto.
f) Gestión de residuos.
— Los residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley
22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Deberán habilitarse
las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en función de su
tipología, clasificación y compatibilidad.
— Al finalizar las obras se pondrá especial atención en la retirada de cualquier material no biodegradable o contaminante que se produzca a la hora de realizar los
trabajos (embalajes, plásticos, metales, etc.). Estos residuos deberán almacenarse de forma separada y gestionarse por gestor autorizado.
— Los residuos de construcción y demolición (RCD) que se generen tanto en la
fase de construcción como de desmantelamiento de las instalaciones, se deberán
separar adecuadamente y entregar a una planta de reciclaje autorizada para
su tratamiento, cumpliendo en todo caso con lo establecido en el Real Decreto
105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los
residuos de construcción y demolición, y en el Decreto 20/2011, de 25 de febrero,
por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión
de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
— Se deberán realizar todas las operaciones de mantenimiento de la maquinaria en
instalaciones adecuadas para ello, evitando los posibles vertidos accidentales al
medio.
— Los aceites usados y residuos peligrosos que pueda generar la maquinaria de la
obra, se recogerán y almacenarán en recipientes adecuados para su evacuación y
tratamiento por gestor autorizado.
g) Protección del patrimonio cultural.
— Durante la fase de ejecución de las obras será obligatorio un control y seguimiento arqueológico por parte de técnicos cualificados de todos los movimientos
de tierra en cotas bajo rasante natural que conlleve la ejecución del proyecto de
referencia. El control arqueológico será permanente y a pie de obra, y se hará
extensivo a todas las obras de construcción, desbroces iniciales, instalaciones
auxiliares, líneas eléctricas asociadas, destoconados, replantes, zonas de acopios,
caminos de tránsito y todas aquellas otras actuaciones que, derivadas de la obra,
generen los citados movimientos de tierra en cotas bajo rasante natural.
Viernes, 30 de julio de 2021
39307
— Se controlará la emisión de gases contaminantes de los vehículos y maquinaria,
así como la generación de ruidos, con su continua puesta a punto.
f) Gestión de residuos.
— Los residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley
22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Deberán habilitarse
las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en función de su
tipología, clasificación y compatibilidad.
— Al finalizar las obras se pondrá especial atención en la retirada de cualquier material no biodegradable o contaminante que se produzca a la hora de realizar los
trabajos (embalajes, plásticos, metales, etc.). Estos residuos deberán almacenarse de forma separada y gestionarse por gestor autorizado.
— Los residuos de construcción y demolición (RCD) que se generen tanto en la
fase de construcción como de desmantelamiento de las instalaciones, se deberán
separar adecuadamente y entregar a una planta de reciclaje autorizada para
su tratamiento, cumpliendo en todo caso con lo establecido en el Real Decreto
105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los
residuos de construcción y demolición, y en el Decreto 20/2011, de 25 de febrero,
por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión
de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
— Se deberán realizar todas las operaciones de mantenimiento de la maquinaria en
instalaciones adecuadas para ello, evitando los posibles vertidos accidentales al
medio.
— Los aceites usados y residuos peligrosos que pueda generar la maquinaria de la
obra, se recogerán y almacenarán en recipientes adecuados para su evacuación y
tratamiento por gestor autorizado.
g) Protección del patrimonio cultural.
— Durante la fase de ejecución de las obras será obligatorio un control y seguimiento arqueológico por parte de técnicos cualificados de todos los movimientos
de tierra en cotas bajo rasante natural que conlleve la ejecución del proyecto de
referencia. El control arqueológico será permanente y a pie de obra, y se hará
extensivo a todas las obras de construcción, desbroces iniciales, instalaciones
auxiliares, líneas eléctricas asociadas, destoconados, replantes, zonas de acopios,
caminos de tránsito y todas aquellas otras actuaciones que, derivadas de la obra,
generen los citados movimientos de tierra en cotas bajo rasante natural.