Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Actividad Comercial. Ayudas. (2021040091)
Decreto 77/2021, de 30 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la financiación de proyectos de animación comercial en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 146
Viernes, 30 de julio de 2021
39160
— Que desarrollen su actividad dentro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Que más del 50% de los socios sean empresarios cuya actividad se encuadre dentro
de las agrupaciones 64 (Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y
tabaco realizado en establecimientos permanentes), 65 (Comercio al por menor de
productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes) y
grupo 663 (Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente) del Impuesto de Actividades Económicas.
— Que más del 80 % de los socios tengan la categoría de pequeña y mediana empresa.
Además, los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 12 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. Procedimiento de concesión.
El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta, en virtud de lo dispuesto en los artículos 22.2 y 29 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
4. Solicitudes.
El plazo para presentar las solicitudes de ayudas será de un año, iniciándose dicho plazo a
partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria y su correspondiente
extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Las solicitudes de ayudas se dirigirán a la Secretaría General de Economía y Comercio con
arreglo al modelo del anexo I.
La solicitud y documentación necesaria se presentará a través del registro electrónico de
documentos del sistema de la Administración General del Estado habilitado en la siguiente
dirección web:
https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html
Junto a la solicitud se acompañará la siguiente documentación, en original o fotocopia
a) Datos identificativos del solicitante
— En el caso de entidades locales, el NIF de la entidad.
—
En el caso de asociaciones, federaciones y confederaciones, el NIF de la entidad, los
estatutos legalizados, el poder del representante legal y el NIF del representante legal.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa
Viernes, 30 de julio de 2021
39160
— Que desarrollen su actividad dentro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Que más del 50% de los socios sean empresarios cuya actividad se encuadre dentro
de las agrupaciones 64 (Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y
tabaco realizado en establecimientos permanentes), 65 (Comercio al por menor de
productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes) y
grupo 663 (Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente) del Impuesto de Actividades Económicas.
— Que más del 80 % de los socios tengan la categoría de pequeña y mediana empresa.
Además, los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 12 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. Procedimiento de concesión.
El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta, en virtud de lo dispuesto en los artículos 22.2 y 29 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
4. Solicitudes.
El plazo para presentar las solicitudes de ayudas será de un año, iniciándose dicho plazo a
partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria y su correspondiente
extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Las solicitudes de ayudas se dirigirán a la Secretaría General de Economía y Comercio con
arreglo al modelo del anexo I.
La solicitud y documentación necesaria se presentará a través del registro electrónico de
documentos del sistema de la Administración General del Estado habilitado en la siguiente
dirección web:
https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html
Junto a la solicitud se acompañará la siguiente documentación, en original o fotocopia
a) Datos identificativos del solicitante
— En el caso de entidades locales, el NIF de la entidad.
—
En el caso de asociaciones, federaciones y confederaciones, el NIF de la entidad, los
estatutos legalizados, el poder del representante legal y el NIF del representante legal.
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Una manera de hacer Europa