Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Deportes. Ayudas. (2021050139)
Orden de 21 de julio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas con cargo al programa "Somos deporte plus".
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NÚMERO 145
Jueves, 29 de julio de 2021

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5. De producirse el agotamiento del crédito presupuestario, se declarará terminado el plazo
de vigencia de la convocatoria mediante anuncio dictado por el órgano que la convocó que
será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones del gobierno regional con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente
presentadas.
Artículo 5. Procedimiento de concesión.
1. El procedimiento para el otorgamiento de las ayudas será el de concesión directa mediante
convocatoria abierta, previsto en los artículos 22.2 y 29 de la Ley de Subvenciones de la
CAEX, en virtud del cual las subvenciones podrán irse concediendo conforme se vayan solicitando por los interesados, en la cuantía individualizada que resulte de la aplicación de los
requisitos y criterios establecidos en la presente orden y en las respectivas convocatorias.
La elección del régimen de concesión directa y convocatoria abierta que establece la presente orden se justifica por la existencia de un contrastado interés público, económico y
social que no hace posible la aplicación del régimen de concurrencia competitiva, intereses que se encuentran presentes en el programa “Somos Deporte” del que las ayudas
reguladas en las presentes bases son complementarias. El interés público se concreta en
el hecho de que las personas beneficiarias de estas ayudas constituyen un selecto y reducido grupo de deportistas y entrenadores/as extremeños/as que exportan el nombre y
la Marca Extremadura en las competiciones en las que compiten, especialmente en las de
ámbito internacional, a las que es preciso seguir apoyando. El interés económico radica en
una clara percepción por parte de las personas beneficiarias de las ayudas del programa
“Somos Deporte” en pasados ejercicios de que cuando por razones ajenas a su voluntad
no puedan celebrarse las pruebas y campeonatos en los que tradicionalmente participan
y obtienen resultados merecedores de ayudas, la administración va a seguir apoyándoles
económicamente con unas cantidades concretas para que puedan desarrollar sus entrenamientos y estén preparados para cuando se reinicien las competiciones. Finalmente, el
interés social se manifiesta, por un lado, en el magnífico ejemplo de las personas deportistas y entrenadoras de alto rendimiento de nuestra región para el deporte base extremeño
y, por otro, en la necesidad de premiar su esfuerzo y tesón en situaciones en las que sus
complejos programas de entrenamiento se ven comprometidos por las medidas adoptadas
por las autoridades y su participación en los eventos deportivos se torna imposible por la
suspensión de las competiciones.
2. E
 l procedimiento se iniciará de oficio mediante la publicación de la correspondiente convocatoria por parte de la persona titular de la Secretaría General de la Consejería competente
en materia de deportes y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura, teniendo en
cuenta las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio. Asimismo, la convocatoria
será objeto de publicación electrónica en el Portal de Subvenciones.