Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sector Vitivinícola. Ayudas. (2021062367)
Extracto de la Resolución de 20 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas de la línea de inversiones, respecto de los proyectos de inversión presentados al amparo de la sección 4ª del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español.
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NÚMERO 144
38847
Miércoles, 28 de julio de 2021
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras se establecen en el Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para
la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español.
(BOE n.º 266, de 3 de noviembre), siendo de aplicación para esta convocatoria, el Real Decreto 608/2019, de 25 de octubre (BOE n.º 258, de 26 de octubre de 2019), por la disposición
transitoria primera del Real Decreto 558/2020, de 9 de junio (BOE n.º 163, de 10 de junio de
2020) modificado por el Real Decreto 617/2020, de 30 de junio (BOE n.º 181, de 1 de julio
de 2020).
Cuarto. Cuantía total de la convocatoria.
La financiación de estas ayudas será conforme a lo establecido en el artículo 72 del Real
Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre.
Los créditos de la convocatoria se imputarán a la partida 120040000/G323C77000/
FA14000001/20180114, dotado con una cuantía inicial de 5.000.000.-€ distribuida en las
siguientes anualidades:
— Anualidad 2022: 3.000.000.€.
— Anualidad 2023 2.000.000.€.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente
al de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la convocatoria y del presente
extracto.
Mérida, 20 de julio de 2021.
La Secretaría General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ
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Miércoles, 28 de julio de 2021
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras se establecen en el Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para
la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español.
(BOE n.º 266, de 3 de noviembre), siendo de aplicación para esta convocatoria, el Real Decreto 608/2019, de 25 de octubre (BOE n.º 258, de 26 de octubre de 2019), por la disposición
transitoria primera del Real Decreto 558/2020, de 9 de junio (BOE n.º 163, de 10 de junio de
2020) modificado por el Real Decreto 617/2020, de 30 de junio (BOE n.º 181, de 1 de julio
de 2020).
Cuarto. Cuantía total de la convocatoria.
La financiación de estas ayudas será conforme a lo establecido en el artículo 72 del Real
Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre.
Los créditos de la convocatoria se imputarán a la partida 120040000/G323C77000/
FA14000001/20180114, dotado con una cuantía inicial de 5.000.000.-€ distribuida en las
siguientes anualidades:
— Anualidad 2022: 3.000.000.€.
— Anualidad 2023 2.000.000.€.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente
al de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la convocatoria y del presente
extracto.
Mérida, 20 de julio de 2021.
La Secretaría General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ
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