Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sector Vitivinícola. Ayudas. (2021062367)
Extracto de la Resolución de 20 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas de la línea de inversiones, respecto de los proyectos de inversión presentados al amparo de la sección 4ª del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español.
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NÚMERO 144
Miércoles, 28 de julio de 2021

38846

EXTRACTO de la Resolución de 20 de julio de 2021, de la Secretaría General,
por la que se efectúa la convocatoria de ayudas de la línea de inversiones,
respecto de los proyectos de inversión presentados al amparo de la sección
4ª del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las
medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español.
(2021062367)

BDNS(Identif.):576773
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16. q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura se publica extracto de
la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Objeto.
Ayudas están destinadas a apoyar las operaciones del sector vitivinícola en la Comunidad
Autónoma de Extremadura, incluidas dentro de la medida de inversiones de la sección 4ª del
Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa
de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español, respecto de los proyectos de inversión
presentados y aprobados en el ejercicio FEAGA 2021 en la Comunidad Autónoma (Anuncio de
27 de noviembre de 2020, DOE n.º 236, de 9 de diciembre de 2020).
Segundo. Beneficiarias.
Podrán ser beneficias las entidades que se recogen en el artículo 61 del Real Decreto
1363/2018, de 2 de noviembre, sobre las que recaiga la carga financiera de las inversiones
tangibles o intangibles en instalaciones de transformación e infraestructura vinícola, así como
estructuras e instrumentos de comercialización, incluso con el fin de mejorar el ahorro de
energía, la eficiencia energética global y procesos sostenibles, que se refieran a la producción,
comercialización o ambas de los productos vitivinícolas mencionados en el anexo VII, parte
II del Reglamento (UE) n.º 1308/2013; cuyos proyectos de inversión se hayan presentado y
aprobado en el ejercicio FEAGA 2021 (Anuncio de 27 de noviembre de 2020 sobre presentación de proyectos de inversión para acogerse a las ayudas de la línea de inversiones (sección
4.ª) del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del
programa de apoyo 2019/2023 al sector vitivinícola español, convocatoria 2021, DOE n.º 236,
de 9 de diciembre).