Universidad De Extremadura. Personal Docente. Contratación. (2021062350)
Resolución de 21 de julio de 2021, del Rector, por la que se ejecuta el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la normativa de contratación del profesorado en régimen laboral de la Universidad de Extremadura 2021 y se ordena su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 143
Martes, 27 de julio de 2021

38701

b. Deberá presentarse en formato electrónico toda la documentación acreditativa de los
méritos aportados (tal como se indica en la guía de ayuda) en formato digital (consultar la web del Vicerrectorado de Profesorado al respecto). Esta documentación deberá
estar organizada en un único pdf que contenga los méritos de todo el CV, ordenado
siguiendo la misma estructura que los criterios de evaluación y con un índice inicial que
haga referencia a todo lo aportado.
c. Para incorporarse a una plaza que tenga por objeto cubrir necesidades de impartir docencia en castellano, toda persona concursante originaria de países no hispanohablantes deberá acreditar el nivel de conocimiento del idioma español necesario para el desempeño de su labor docente que se considerará el C1 según el marco común europeo de
referencia para las lenguas (en http://www.crue.org/SitePages/Mesas-linguisticas.aspx)
(en formato electrónico).
d. 
Para incorporarse a una plaza que tenga por objeto cubrir necesidades de impartir docencia en idiomas que no sea el castellano será necesario tener la capacidad
para la docencia en dicho idioma, capacidad que se acreditará con títulos equivalentes al nivel C1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas
(en http://www.crue.org/SitePages/Mesas-linguisticas.aspx) (en formato electrónico).
2. La presentación de solicitudes estará sujeta al pago previo de las tasas que se establezcan
anualmente en los presupuestos de la universidad. La falta de este pago no es subsanable.
3. L
 os méritos deben ajustarse al modelo establecido y los certificados deben venir debidamente ordenados y numerados siguiendo el orden de los apartados tal y como aparezcan
en el CVN generado. Además, cada mérito se valorará una única vez, sin opción de incluir
el mismo mérito en diferentes apartados.
4. Sólo se valorarán aquellos méritos cuyo cumplimiento se acredite documentalmente a la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes fijados en cada convocatoria.
5. El lugar de presentación será el Registro General de la Universidad de Extremadura, o a
través de los procedimientos establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
6. En cualquier momento la comisión de selección o la UEx pueda requerir a los y las aspirantes para que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados al
concurso y que hayan sido objeto de valoración.
7. Las personas que opten a más de una plaza deberán presentar solicitud y pago de tasas
independientes para cada una de ellas, acompañada en cada caso de la documentación