Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Subvenciones. (2021062305)
Resolución de 15 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de las subvenciones del Programa de ayuda directa a la entrada para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 143

38563

Martes, 27 de julio de 2021

RESUELVO:
Primero. Objeto.
1. La presente resolución tiene por objeto realizar, para el ejercicio 2021, la convocatoria de
las subvenciones del programa de ayuda directa a la entrada, regulado en el capítulo III
de la Orden de 30 de junio de 2020, que aprueba las bases reguladoras de las ayudas autonómicas del Plan de Vivienda de Extremadura 2018-2021 (DOE n.º 130, de 7 de julio),
modificada por la Orden de 25 de mayo de 2021 (DOE n.º 104, de 2 de junio).
2. E
 l objeto del programa de ayuda directa a la entrada es financiar una parte del precio de
adquisición o adjudicación de las tipologías de vivienda protegida de nueva construcción,
señaladas en el capítulo III de la referida Orden de 30 de junio de 2020, en los términos
expresados en el mismo.
Segundo. Régimen jurídico.
La concesión de las subvenciones referidas en la presente resolución se regirá, en todo caso,
por lo dispuesto en la Orden de 30 de junio de 2020, que aprueba las bases reguladoras de
las ayudas autonómicas del Plan de Vivienda de Extremadura 2018-2021; en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Requisitos de la actuación protegida.
El Programa de ayuda directa a la entrada comprende las siguientes actuaciones subvencionables:
a) La adquisición o adjudicación de viviendas protegidas de nueva construcción de régimen especial o general, o del programa especial, calificadas provisionalmente conforme
a planes autonómicos de vivienda anteriores al Plan de Rehabilitación y Vivienda de
Extremadura 2013-2016, siempre que las obras se hubieren iniciado antes del 30 de
septiembre de 2018.
b) La adquisición o adjudicación de viviendas protegidas de nueva construcción de régimen
especial, incluida su modalidad de vivienda protegida del programa especial, que se
encuentren en alguna de las siguientes situaciones:


b.1) Que hayan obtenido calificación provisional una vez en vigor el Plan de Vivienda de
Extremadura 2018-2021 y, de conformidad con el artículo 27 b) b.1) de la Orden
de 30 de junio de 2020, que aprueba las bases reguladoras de las ayudas autonómicas del Plan de Vivienda de Extremadura 2018-2021, siempre antes del 8 de
julio de 2020.