Consejería De Igualdad Y Portavocía. Programas Infantiles Y Juveniles. Ayudas. (2021062356)
Resolución de 14 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas destinadas a financiar proyectos de dinamización juvenil en el marco del programa Diviértete en la Ciudad para el ejercicio 2021.
32 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 143
Martes, 27 de julio de 2021

38603

to de lo declarado, traerá consigo la revocación y reintegro, en su caso, de la subvención,
con los intereses legales correspondientes, sin perjuicio de las responsabilidades penales,
civiles o administrativas que hubiera lugar.
Decimosegundo. Plazo y presentación de la documentación que debe acompañar a
la solicitud de subvención.
1. Las solicitudes se dirigirán a la persona titular del órgano directivo competente en materia
de juventud e irán acompañadas de la documentación específicamente señalada en la presente resolución, sin perjuicio de los apartados siguientes.
2. La presentación de los documentos que preceptivamente deben constar en el procedimiento se acomodará a las exigencias contenidas en los apartados 2 y 3 del artículo 28 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles desde el siguiente a la
publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la presente resolución.
Decimotercero. Ordenación e instrucción del procedimiento.
La ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponderá
a la Dirección General del Instituto de la Juventud de Extremadura, la cual podrá realizar, de
oficio, cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la correspondiente propuesta de
resolución.
Decimocuarto. Comisión de Valoración.
1. P
 ara la evaluación de las solicitudes y la selección de las empresas beneficiarias de las ayudas se constituirá una Comisión de Valoración cuyo informe será preceptivo y vinculante.
2. La Comisión de Valoración será la encargada de evaluar la adecuación de las solicitudes
presentadas al contenido de la presente resolución y a las bases reguladoras, así como
establecer la prelación entre las mismas.
3. La Comisión de Valoración, cuya composición será paritaria en aplicación de lo dispuesto
en el artículo 29 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres
y contra la violencia de género en Extremadura, estará constituida por:


a. La persona que ostente la Jefatura del Servicio de Gestión del Instituto de la Juventud de Extremadura, que desempeñará las funciones de Presidencia de la Comisión
de Valoración.