Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Bienes De Interés Cultural. (2021040113)
Decreto 90/2021, de 21 de julio, por el que se declara Bien de Interés Cultural el "Sermón de Pasión de la Cofradía de Nuestro Señor Padre Jesús Nazareno", en Cabeza del Buey (Badajoz), con el carácter de Patrimonio Cultural Inmaterial.
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NÚMERO 143

38546

Martes, 27 de julio de 2021

Ha de significarse a tales efectos, que el «Sermón de Pasión de la Cofradía de Nuestro Señor
Padre Jesús Nazareno” merece ser reconocido como Bien de Interés Cultural por constituir un
rico patrimonio que legitima la petición por su antigüedad, continuidad y representatividad,
ya que se celebra en Cabeza del Buey, en el contexto de la Semana Santa, como un ritual
religioso con importantes connotaciones culturales e identitarias en el contexto caputbovense. Y es que el “Sermón de Pasión” es una forma de religiosidad que interpreta localmente
la Semana Santa con un ritual indisolublemente unido a la Cofradía de Nuestro Señor Padre
Jesús Nazareno (icono y símbolo referencial de la identidad en esta localidad), que se celebra
anualmente la noche del Jueves Santo, y que precede a la procesión de Jesús Nazareno.
Se procedió a dictar resolución de incoación de expediente, de 3 de junio de 2020, para la
declaración como Bien de Interés Cultural a favor del «Sermón de Pasión de la Cofradía de
Nuestro Señor Padre Jesús Nazareno”, en la localidad de Cabeza del Buey (Badajoz). La Resolución fue publicada en el DOE, n.º 114, de 15 de junio de 2020 y en el BOE, n.º 189, de
10 de julio de 2020. De la misma forma se procedió a su comunicación al Registro de Bienes
de Interés Cultural del Ministerio de Cultura y Deporte donde aparece inscrito con el código
provisional 30159.
Dando cumplimiento a la citada resolución, con fecha 24 de noviembre de 2020, se practicó la
notificación al Ayuntamiento de Cabeza del Buey, cómo único interesado en el procedimiento,
constando en el expediente la correspondiente acreditación de haber sido recibida por el mismo.
Asimismo, de acuerdo con el artículo 7.3, en relación con el artículo 4.1 de la Ley 2/1999,
de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, se han solicitado los
correspondientes informes a las instituciones consultivas a que se refiere el citado precepto,
habiendo sido emitido informe, en sentido favorable, por la Real Academia de las Artes y de
las Letras de Extremadura, siendo igualmente favorable el informe de la Universidad de Extremadura al haber transcurrido dos meses desde su solicitud sin que se haya emitido.
En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1.47 del reformado Estatuto
de Autonomía de Extremadura y el artículo 9.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Cultura, Turismo y
Deportes y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en sesión
celebrada el día 21 de julio de 2021
DISPONGO:
Artículo 1.
La declaración del “Sermón de Pasión de la Cofradía de Nuestro Señor Padre Jesús Nazareno”,
en Cabeza del Buey (Badajoz) con el carácter de Patrimonio Cultural Inmaterial, de acuerdo
con las especificaciones del anexo que se acompaña.