Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021062303)
Resolución de 2 de julio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para bodega de vinos, almazara y fábrica de aderezo de aceitunas promovida por Sociedad Cooperativa "San Isidro" en el término municipal de Villafranca de los Barros.
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NÚMERO 142
Lunes, 26 de julio de 2021

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realizarán, como mínimo, tres determinaciones de los niveles de emisión medidos a lo
largo de ocho horas consecutivas, siempre que la actividad lo permita en términos de
tiempo continuado de emisiones y representatividad de las mediciones.
7. El titular de la planta deberá comunicar el día que se llevará a cabo un control externo
con la antelación suficiente.
8. E
 n todas las mediciones de emisiones realizadas deberán reflejarse concentraciones
de contaminantes, caudales de emisión de gases residuales expresados en condiciones
normales, presión y temperatura de los gases de escape. Además, en los focos de gases
de combustión, deberá indicarse también la concentración de oxígeno y el contenido de
vapor de agua de los gases de escape. Los datos finales de emisión de los contaminantes regulados en la AAU deberán expresarse en mg/Nm3 y, en su caso, referirse a base
seca y al contenido en oxígeno de referencia establecido en la AAU.
9. El seguimiento del funcionamiento de los focos de emisión se deberá recoger en un
archivo adaptado al modelo indicado en el Anexo II de la instrucción 1/2014 de la Dirección General de Sostenibilidad. En el mismo, se harán constar de forma clara y concreta
los resultados de las mediciones de contaminantes, una descripción del sistema de
medición y fechas y horas de las mediciones. Asimismo, en este archivo deberán registrarse las tareas de mantenimiento y las incidencias que hubieran surgido en el funcionamiento de los focos de emisiones: limpieza y revisión periódica de las instalaciones
de depuración; paradas por averías; etc. Esta documentación estará a disposición de
cualquier agente de la autoridad en la propia instalación, debiendo ser conservada por
el titular de la instalación durante al menos diez años. Este archivo podrá ser físico o telemático y no deberá estar sellado ni foliado por la Dirección General de Sostenibilidad.
- h - Medidas a aplicar en situaciones anormales de explotación que puedan
afectar al medio ambiente.
Fugas, fallos de funcionamiento:
1. En caso de incumplimiento de los requisitos establecidos en la AAU o incidencias ambientales, el titular de la instalación industrial deberá:


a) Comunicarlo a la Dirección General de Sostenibilidad en el menor tiempo posible,
mediante correo electrónico o fax, sin perjuicio de la correspondiente comunicación
por vía ordinaria.

b) Adoptar las medidas necesarias para volver a la situación de cumplimiento en el
plazo más breve posible y para evitar la repetición del incidente.