Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Calidad De Los Alimentos. Ayudas. (2021062157)
Resolución de 1 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas a los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 142
Lunes, 26 de julio de 2021

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2. L
 a convocatoria se regirá, asimismo, por las bases reguladoras establecidas en el Decreto
36/2016 de 15 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a
los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios en el marco del Programa
de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, (DOE n.º 58, de 28 de marzo), modificado
por Decreto 103/2016 de 12 de julio, (DOE n.º 137, de 18 de julio) y por Decreto 65/2018
de 22 de mayo (DOE n.º 102, de 28 de mayo).
Segundo. Ordenación, instrucción y resolución.
1. 
El procedimiento administrativo para la concesión de las subvenciones previstas en la
presente Resolución será ordenado e instruido por el Servicio de Calidad Agropecuaria y
Alimentaria de la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, que realizará de oficio cuantas actuaciones
estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en
virtud de los cuales deba pronunciarse la propuesta de resolución.
2. Se constituirá una Comisión de Valoración que, una vez instruido el procedimiento, valorará
las solicitudes y emitirá informe al órgano instructor que será vinculante, para que éste
formule la correspondiente propuesta de resolución debidamente motivada concediendo o
denegando la subvención solicitada.
La Comisión de Valoración señalada en el párrafo anterior será presidida por la persona
titular del Servicio de Calidad Agropecuaria y Alimentaria e integrada por dos vocales que
serán la persona titular de la Sección de Incentivos Comerciales que actuará como secretaria y una persona funcionaria del Servicio de Calidad Agropecuaria y Alimentaria con la
titulación en Ingeniería Técnica Agrícola.
Se garantiza la representación equilibrada de hombres y mujeres en la composición de la
Comisión de Valoración conforme al artículo 29 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo; siendo
este mismo criterio de representación para la designación en casos de suplencia. La composición definitiva de la Comisión deberá publicarse con anterioridad a su constitución,
a través de internet en el portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio,
http://www.juntaex.es/con03/ayudas-a-los-regimenes-de-calidad-de-los-productos-agricolas-y-alimenticios

3. Una vez ordenado e instruido el procedimiento y vista la propuesta formulada por la persona responsable de la Jefatura de Servicio de Calidad Agropecuaria y Alimentaria, la
resolución del procedimiento compete, a la persona titular de la Secretaría General de la
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, que dictará y notificará
resolución que deberá contener los requisitos establecidos en el artículo 25.3 de la Ley