Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Calidad De Los Alimentos. Ayudas. (2021062157)
Resolución de 1 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas a los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 142
Lunes, 26 de julio de 2021
38362
e) Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias, con la Hacienda estatal y autonómica, y frente a la Seguridad, debiendo acreditarse tal circunstancia con anterioridad
a dictarse la propuesta de resolución de concesión y con carácter previo al pago.
f) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable a la persona beneficiaria en cada caso. Determinación, en su caso y sin perjuicio
de la contabilidad nacional, de los libros y registros contables separados o códigos
contables específicos para garantizar la adecuada justificación de la subvención.
g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, al menos durante los cinco años siguientes al último pago en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
h) D
ar la adecuada publicidad al carácter público de la financiación de las actividades
en los términos establecidos en el punto tercero de esta resolución.
i) Cumplir con las demás obligaciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en lo
no previsto expresamente en este artículo.
2. L
as entidades beneficiarias deberán cumplir, además las obligaciones establecidas en esta
resolución las que se establezcan en la normativa legal y reglamentaria aplicable a las subvenciones públicas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Decimoséptimo. Gastos subvencionables y no subvencionables de las ayudas a las
actividades de información y promoción llevadas a cabo por grupos de productores
y productoras en el mercado interior en el marco de programas relativos a la calidad
de los alimentos. (Submedida 3.2).
1. Gastos subvencionables:
1.1. Se considerarán subvencionables los gastos derivados del apoyo a los grupos de productores y productoras definidos en el artículo 2 del Decreto 36/2016, en materia de
desarrollo de actividades de información y promoción de productos en el marco de los
regímenes de calidad establecidos en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura
para el periodo 2014-2020.
1.2. L
as acciones de información y promoción consistirán en:
a) Elaboración y distribución de material promocional y muestras:
Lunes, 26 de julio de 2021
38362
e) Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias, con la Hacienda estatal y autonómica, y frente a la Seguridad, debiendo acreditarse tal circunstancia con anterioridad
a dictarse la propuesta de resolución de concesión y con carácter previo al pago.
f) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable a la persona beneficiaria en cada caso. Determinación, en su caso y sin perjuicio
de la contabilidad nacional, de los libros y registros contables separados o códigos
contables específicos para garantizar la adecuada justificación de la subvención.
g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, al menos durante los cinco años siguientes al último pago en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
h) D
ar la adecuada publicidad al carácter público de la financiación de las actividades
en los términos establecidos en el punto tercero de esta resolución.
i) Cumplir con las demás obligaciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en lo
no previsto expresamente en este artículo.
2. L
as entidades beneficiarias deberán cumplir, además las obligaciones establecidas en esta
resolución las que se establezcan en la normativa legal y reglamentaria aplicable a las subvenciones públicas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Decimoséptimo. Gastos subvencionables y no subvencionables de las ayudas a las
actividades de información y promoción llevadas a cabo por grupos de productores
y productoras en el mercado interior en el marco de programas relativos a la calidad
de los alimentos. (Submedida 3.2).
1. Gastos subvencionables:
1.1. Se considerarán subvencionables los gastos derivados del apoyo a los grupos de productores y productoras definidos en el artículo 2 del Decreto 36/2016, en materia de
desarrollo de actividades de información y promoción de productos en el marco de los
regímenes de calidad establecidos en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura
para el periodo 2014-2020.
1.2. L
as acciones de información y promoción consistirán en:
a) Elaboración y distribución de material promocional y muestras: