Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0052)
Acuerdo de 25 de febrero de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre aprobación del Plan General Municipal "Simplificado" de Acehúche.
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NÚMERO 141

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Viernes, 23 de julio de 2021

Número de Plantas: 1 Unidad
Altura de la edificación: 7 m
Pendiente Máxima de Cubierta: 30 grados
Distancia al Núcleo Urbano: La distancia mínima a los límites del
Suelo Urbano será la establecida en el Decreto 2414/1961 del 30 de
noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Actividades
Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. En el caso de la especie
porcina la distancia a Suelo Urbano, a otras instalaciones ganaderas
o a viviendas próximas será la establecida por la legislación agraria
sectorial correspondiente.
USOS
PERMITIDOS

Vivienda Unifamiliar

Se debe garantizar que no exista riesgo de formación de un núcleo
de población.
Requiere concesión de Calificación Urbanística.
Parcela Mínima: Superficie Mínima: 15.000 m2
Retranqueo a Linderos: 5 m
Retranqueo a eje de caminos o vías de acceso: 15 m
Tipología de la Edificación: Aislada
Edificabilidad Máxima: 0,01 m2/m2 no pudiendo sobrepasar los 300
m2 construidos.
OBSERVACIONES Ocupación Máxima: 1 %. Máximo 200 metros cuadrados.
Número de Plantas: 1 Unidad
Altura de la edificación: 7 m
Sótano: Permitidos
Semisótano: Permitidos
Bajo cubierta: Permitidos.
Pendiente Máxima de Cubierta: 30 grados
Distancia al Núcleo Urbano >250 metros
Materiales: Integración paisajística al entorno.
Según el Apto. 2 Art. 19 de la Ley del Suelo de Extremadura,
deberán garantizar la depuración de aguas o fosa séptica.
USOS
PERMITIDOS

OBSERVACIONES

Equipamientos Colectivos
Requiere concesión de Calificación Urbanística.
Las infraestructuras y sistemas generales así definidas no requerirán
Calificación Urbanística, así como, las instalaciones asociadas al
medio natural cuando el promotor sea público.
Infraestructuras y sistemas generales: Infraestructuras básicas del
territorio e instalaciones constitutivas de sistemas generales
municipales que parcial o totalmente deban implantarse en el Suelo
No Urbanizable. Se incluyen aquí los embalses o depósitos de agua,
líneas de baja, media o alta tensión, conductos de abastecimiento y
saneamiento de agua.
Se regirán por la normativa sectorial que les sea de aplicación.
Instalaciones asociadas al medio natural: Instalaciones de
cualquier naturaleza que, por la actividad que vayan a realizar,
tengan que estar asociadas al medio natural. Se pueden citar a
título informativo: piscifactorías, granjas-escuelas, campamentos de
turismo, Alojamientos en la tipología de Rurales, Centros de
Interpretación o Información Ambiental....
Parcela Mínima. Superficie Mínima: 15.000 m2

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