Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Medidas Urgentes. Empleo. (2021062169)
Resolución de 2 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas para el fomento de nuevas contrataciones de personal cualificado y de gestión administrativa y el mantenimiento de los puestos de trabajo ya existentes en entidades de la economía social en Extremadura para paliar los efectos que está causando la pandemia del COVID-19 para 2021.
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NÚMERO 140
Jueves, 22 de julio de 2021

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5. Los importes determinados para ambas líneas se prorratearán en el caso de contrataciones
a tiempo parcial o cuando el compromiso de continuidad del puesto de trabajo subvencionado una vez recibida la resolución de concesión, sea inferior a un año siendo, en todo
caso, como mínimo de seis meses.
Cuarto. Procedimiento de concesión de las ayudas.
1. El procedimiento de concesión de las ayudas para cada una de las líneas se efectuará en
régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta, de forma que puedan irse
concediendo ayudas conforme se vayan solicitando por los interesados en la cuantía individualizada que resulte de la aplicación de los requisitos y criterios establecidos en la
presente resolución y en el Decreto-ley de bases reguladoras.
Las ayudas se irán tramitando por orden de entrada de las solicitudes y concediendo según
se vayan completando los expedientes hasta el agotamiento del crédito disponible.
2. El procedimiento se iniciará, de conformidad con el artículo 29.2 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de oficio mediante la presente resolución que se publicará junto con sus extractos,
obtenidos por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Diario Oficial
de Extremadura, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, en relación con el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
3. Asimismo, la convocatoria y las ayudas concedidas se publicarán en el portal de subvenciones de la Junta de Extremadura, de conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, y en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación
Ciudadana, de conformidad con el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
Quinto. Solicitudes, documentación y plazo de presentación.
1. Las entidades solicitantes sólo podrán presentar una solicitud por cada convocatoria, optando por una de las dos líneas de subvención, de conformidad con lo establecido en el
punto 3 del apartado segundo de esta resolución, e indicando el tiempo por el que se compromete a mantener el puesto una vez notificada la resolución de concesión, este tiempo
tiene que ser de seis meses como mínimo.
2. Las solicitudes para la obtención de las ayudas previstas en esta convocatoria se formalizarán
de acuerdo con el modelo normalizado de anexo I de esta resolución, que estará a disposición
de las entidades solicitantes en las siguientes páginas web: https://ciudadano.gobex.es/ y en
http://www.juntaex.es/con03/direccion-general-de-cooperativas-y-economia-social.