Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062287)
Resolución de 14 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formalizan tres transferencias específicas de carácter plurianual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para financiar actuaciones de internacionalización de la empresa extremeña 2021-2022.
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NÚMERO 140
Jueves, 22 de julio de 2021

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g) Establecimiento de las normas internas de funcionamiento de la Comisión de Seguimiento,
en concordancia con los Estatutos y normativa reguladora de las instituciones firmantes.
h) Elevación a los órganos superiores respectivos de las propuestas, informes o decisiones
que exijan aprobación de los mismos.
i) Cualesquiera otras conducentes al logro de los objetivos propuestos.
La Comisión se reunirá con la periodicidad que se acuerde, inicialmente con carácter semestral y en su caso, a instancia de cualquiera de las entidades que suscriben el presente Convenio, debiendo comunicarlo a la otra parte con una antelación mínima de diez días, mediante
escrito que contendrá el lugar, la fecha y los asuntos a tratar. Dichas reuniones podrán tener
lugar en las instalaciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura o
en las oficinas de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU Dicha Comisión se
constituirá dentro de los 30 días siguientes a la firma del presente Convenio. Los acuerdos de
la comisión se adoptarán por mayoría de votos, disponiendo el presidente de voto de calidad
en caso de empate en las votaciones.
Tras cada anualidad de vigencia del Convenio, en el primer trimestre del año siguiente, se
realizará una evaluación de las actuaciones realizadas en el ejercicio anterior en ejecución del
presente Convenio considerando los indicadores de resultado en cada caso, pudiendo proponerse los cambios que se estimen convenientes para la mejor ejecución del Plan, que deberán
ser recogidos, en su caso, en una Adenda a este convenio.
La Comisión de Seguimiento podrá celebrar sus reuniones vía telemática. A tales fines, el
Secretario de la Comisión dispondrá de los medios necesarios y apropiados y organizará la
celebración de las reuniones a distancia.
Novena. Eficacia del convenio.
El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2022, sin perjuicio de lo dispuesto sobre la ejecución de los programas, el plazo y
la forma de justificar cada transferencia.
Excepto acuerdo entre las partes, la finalización de los efectos del presente Convenio no supondrá la extinción de las acciones que se estuvieran ejecutando a su amparo, debiéndose
finalizar a plena satisfacción de la Junta de Extremadura. Así mismo, cualquiera de las partes
podrá, en todo momento, formular denuncia escrita ante la otra con una antelación mínima
de tres meses a la fecha en que desee dar por finalizado el presente Convenio, sin perjuicio
de lo recogido en el párrafo anterior sobre la terminación completa de las actividades que
estén en ejecución.

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