Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062287)
Resolución de 14 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formalizan tres transferencias específicas de carácter plurianual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para financiar actuaciones de internacionalización de la empresa extremeña 2021-2022.
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NÚMERO 140
Jueves, 22 de julio de 2021

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Asimismo, deberán conservar los expedientes y los justificantes de gastos y pagos conforme se establece en las instrucciones indicadas en el Anexo IV del presente Convenio,
que estarán a disposición de esta Consejería, de los órganos de fiscalización y control
financiero y de los órganos de control de la Unión Europea durante un plazo de tres años
a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén
incluidos los gastos de la operación en los términos del artículo 140 del Reglamento (UE)
n.º 1303/2013, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
6. Con respecto a la incorporación de nuevo personal deberán cumplirse los trámites que
establece el artículo 27.5 de la Ley 1/2021, de 3 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021. En este particular, debe tenerse en cuenta lo
establecido en la Resolución de 5 de marzo de 2021, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo
del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 3 de marzo de 2021, por el que
se establecen las directrices para la incorporación de personal indefinido y la contratación
de personal temporal por las entidades del sector público empresarial y fundacional de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura en 2021. (DOE núm. 47 de 10
de marzo).
7. Sin perjuicio de todo lo anterior, y de conformidad con el artículo 125 del citado Reglamento
(UE) n.º 1303/2013, de 18 de diciembre, la Sociedad Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU reconoce y acepta, para las transferencias específicas recogidas en el
presente Convenio, el cumplimiento de los requisitos específicos indicados en el Anexo V
(D.E.C.A.) del mismo, al estar sujeta a cofinanciación por parte de la Unión Europea.
En el caso de aquellas actuaciones que se materializan en la concesión de una ayuda, la
aceptación de la misma, supone aceptar la inclusión de la operación y sus datos en la lista de operaciones prevista en el artículo 115.2 del Reglamento (UE) número 1303/2013,
del Parlamento y Consejo, de 17 de diciembre, así como en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones.
8. P
 ara la justificación total de las transferencias específicas, el centro gestor deberá remitir a
la Intervención delegada un certificado en el que haga constar las actuaciones realizadas y
su coste, el objeto de las mismas, que son gastos acogidos a las presentes transferencias,
que están efectivamente realizados y acreditados mediante facturas o documentos de valor
probatorio equivalentes, y que los mismos han sido pagados. Del mismo modo el certificado deberá indicar la fecha y el objeto que contiene la factura o documento justificativo de
los gastos.

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