Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062288)
Resolución de 14 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica a favor del Consorcio "Patronato del Festival Internacional de Teatro Clásico en el Teatro Romano de Mérida" para las actividades programadas en la edición 67ª del Festival Internacional de Teatro Clásico de Mérida en Cáparra.
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NÚMERO 140
Jueves, 22 de julio de 2021

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Quinta. Incumplimiento y reintegro.
1. Serán causas de incumplimiento que conllevarán, previa audiencia del Consorcio, la devolución, en su caso, total o parcial de la transferencia específica y el reintegro a la Hacienda
de la Comunidad Autónoma de Extremadura de las cantidades percibidas con los intereses
legales correspondientes, las siguientes:
a) No justificación, justificación insuficiente o justificación fuera de plazo de las actuaciones a ejecutar cada anualidad.
b) El falseamiento, la inexactitud o la omisión de los datos suministrados por el Consorcio.
c) No adopción de las medidas de difusión y publicidad de la cláusula sexta.
d) No realización de las actividades objeto de la transferencia.
e) El incumplimiento de cualquiera de las restantes obligaciones establecidas en el presente convenio.
2. El grado de incumplimiento de determinará proporcionalmente al porcentaje que no se haya
ejecutado o no se haya justificado correctamente, requiriéndose que se ejecute al menos
un 75% del importe de la transferencia para entender cumplido el objeto de las mismas.
3. De no reintegrarse voluntariamente las cantidades que se determinen, se acudirá a la vía
ejecutiva.
Sexta. Compatibilidad con otras ayudas.
La presente transferencia es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos
para la misma finalidad procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados,
nacionales, de la Unión Europea, o de Organismos Internacionales.
El importe de cualquier otro ingreso o recurso, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que,
aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos supere
el coste de la actividad objeto de la citada transferencia.
Séptima. Información y publicidad.
El Consorcio asume el cumplimiento de las obligaciones de identificación, información y publicidad establecidas en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de
gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y se modifica el
Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por el que se establece el Régimen General de Concesión