Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Medidas Urgentes. Empleo. (2021062311)
Extracto de la Resolución de 2 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas para el fomento de nuevas contrataciones de personal cualificado y de gestión administrativa y el mantenimiento de los puestos de trabajo ya existentes en entidades de la economía social en Extremadura para paliar los efectos que está causando la pandemia del COVID-19 para 2021. Línea I: Ayudas destinadas a financiar una nueva contratación de personal cualificado y de gestión administrativa, sin relación societaria con la entidad.
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NÚMERO 140
Jueves, 22 de julio de 2021

37978

EXTRACTO de la Resolución de 2 de julio de 2021, de la Secretaría General,
por la que se convocan ayudas para el fomento de nuevas contrataciones
de personal cualificado y de gestión administrativa y el mantenimiento de
los puestos de trabajo ya existentes en entidades de la economía social
en Extremadura para paliar los efectos que está causando la pandemia del
COVID-19 para 2021. Línea I: Ayudas destinadas a financiar una nueva
contratación de personal cualificado y de gestión administrativa, sin relación
societaria con la entidad. (2021062311)
BDNS(Identif.):575770
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3. b. y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones y 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se procede a la publicación del extracto
de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Entidades beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las sociedades cooperativas inscritas en el Registro de
Sociedades Cooperativas de Extremadura y las sociedades laborales calificadas como tales
en el Registro de Sociedades Laborales de Extremadura e inscritas en el Registro Mercantil correspondiente, siempre que cumplan con los requisitos señalados en el artículo 90 del
Decreto-ley 8/2020, de 24 de abril:
No obstante, no podrán ser beneficiarias las cooperativas de crédito y las de seguros, así
como las entidades cuya actividad se corresponda con las propias de las empresas de trabajo
temporal o agencias de colocación.
Segundo. Objeto.
La convocatoria para 2021 está destinada a las ayudas para la mejora de la profesionalización
de entidades de economía social, a través del fomento de la creación de empleo mediante
nuevas contrataciones de personal cualificado y de gestión administrativa, sin relación societaria con la entidad, en las cooperativas y sociedades laborales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, por un período mínimo de seis meses.
Quedan excluidas del objeto de estas ayudas, las contrataciones que tengan carácter indefinido, así como la transformación de contratos de duración determinada en contratos indefinidos. De igual modo, queda excluido el mero traspaso de trabajadores y trabajadoras entre
empresas vinculadas.