Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062234)
Resolución de 9 de julio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Implantación de un "Área de descanso" a ubicar en la parcela 26 del polígono 229 del término municipal de Badajoz, en el p.k. 2+300 de la carretera BA-020 Campomaior-Badajoz, margen derecho, junto al nudo 403 de la autovía A-5, en su margen izquierdo", cuyo promotor es Área de descanso Seyma Park, SL. Expte.: IA20/1308.
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NÚMERO 139
Miércoles, 21 de julio de 2021

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pormenorizados de “Estaciones de servicio (TE)” del uso general “Trasporte” según el PGOU de Badajoz. Tratándose de un área de descanso integrada por una
estación de servicios.


El informe del Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección General de
Urbanismo y Ordenación del Territorio indica que no se detecta afección sobre
instrumento de ordenación territorial aprobado en el ámbito territorial de la consulta, ni alguna otra consideración que se pueda aportar referidas a aspectos
ambientales.



— Alternativas de ubicación:



Entre las alternativas planteadas en el documento ambiental se encuentran:



•Alternativa 0: No implantación del área de descanso.



• Alternativa 1: Implantación del área de descanso en una parcela urbana (Suelo
Urbano). La situación ideal sería el poder ejecutarse en una parcela que estuviera situada próxima al casco urbano y con acceso directo a la autovía A-5, de
forma que tuviera acceso al mismo nivel de tráfico de la vía y pudiera contarse
además con todas las acometidas y servicios ya existentes en el municipio y
que son necesarios para el funcionamiento del área de descanso. En resumen,
las ventajas de esta implantación serían: mayor facilidad para acometidas y
obtención de servicios básicos o menor impacto sobre el medio biótico, sobre el
medio físico (suelo, agua, aire...), y sobre el perceptual (paisajístico). Sin embargo, se plantearían dificultades sociales y económicas que la hacen insalvable. Sería económicamente inviable para la inversión el adquirir una parcela de
estas dimensiones en terreno urbano, pues obligaría a considerar una serie de
distancias de seguridad y retranqueos a edificaciones existentes o posibles que
nos obligaría a ampliar la superficie de actuación. A esto se le suma la dificultad
de encontrar una parcela con las características adecuadas y que tenga permitido el uso Específico “Área de descanso (TEA) o compatible al mismo necesario
para llevar a cabo la actividad. Además, reduciría el volumen de usuarios considerablemente ya que sería prácticamente imposible que vehículos pesados se
desplacen lejos de la influencia de la A-5, haciendo inviable también por este
motivo la inversión.



• Alternativa 2: Implantación del área de descanso en la parcela seleccionada
(Suelo No Urbanizable).