Consejería De Igualdad Y Portavocía. Programas Infantiles Y Juveniles. Ayudas. (2021062290)
Resolución de 6 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas destinadas a financiar proyectos de dinamización juvenil en el marco del programa Diviértete Extremadura para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 139
Miércoles, 21 de julio de 2021

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c. De sensibilización. Se entienden por tales aquellas actividades cuyo fin sea el informar y
concienciar en ámbitos diferentes como el medio ambiente, la cultura, la convivencia e
integración social, los consumos responsables, hábitos de vida saludable, participación
social, voluntariado, solidaridad, la igualdad entre mujeres y hombres, entre otros.
3. E
 l proyecto detallará, para el ámbito territorial de la Mancomunidad solicitante, las líneas
de actuación, el número de personas a contratar, las actividades a las que se vinculan, los
recursos materiales a sufragar con cargo al proyecto, las medidas de difusión que adoptaran para su correcta implementación y el presupuesto económico del mismo, con indicación
de la subvención solicitada y de la existencia, en su caso, de otras fuentes de financiación
del proyecto, ya sean con cargo a fondos propios de la Entidad o derivados de otras subvenciones o ayudas.
4. L
 os proyectos tendrán una duración máxima de 2 meses, a desarrollar entre el 1 de julio y
el 10 de septiembre de 2021.
5. L
 os proyectos deberán incluir necesariamente la contratación, durante la ejecución del
mismo, del siguiente personal:
a. Una persona encargada de la dirección del proyecto de dinamización infantil y juvenil,
que deberá contar con el Diploma de Director/a de Tiempo Libre Infantil y Juvenil expedido por el Instituto de la Juventud de Extremadura, conforme a lo establecido en el
Decreto 206/2000, de 26 de septiembre, por el que se regula el reconocimiento oficial
de las Escuelas para la formación de educadores/as en el tiempo libre y el contenido de
los cursos de formación para los directores y Monitores de tiempo libre infantil y juvenil,
u organismo equivalente de otra Comunidad Autónoma, o bien estar en posesión del
Certificado de Profesionalidad de Dirección y Coordinación de proyectos de tiempo libre
educativo infantil y juvenil (Nivel 3), expedido según la normativa vigente.
b. U
 n equipo de monitores/as de tiempo libre infantil y juvenil integrado, al menos, por el
número de personas determinado por aplicación del criterio de población que contiene
el apartado siguiente. Quienes vayan a formar parte de este equipo de monitores/as
habrán de estar en posesión en el momento de realizar la solicitud, del Diploma de Monitor de Ocio y Tiempo Libre expedido por el Instituto de la Juventud de Extremadura,
conforme a lo establecido en el Decreto 206/2000, de 26 de septiembre, por el que se
regula el reconocimiento oficial de las Escuelas para la formación de educadores/as en el
tiempo libre y el contenido de los cursos de formación para los directores y Monitores de
tiempo libre infantil y juvenil, u organismo equivalente de otra Comunidad Autónoma; o
bien, estar en posesión del Certificado de Profesionalidad de Dinamización de Actividades de Tiempo Libre Educativo Infantil y Juvenil (Nivel 2), expedido según la normativa
vigente.