Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062247)
Resolución de 6 de julio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de taller de fabricación y reciclaje de palés y centro de gestión de residuos no peligrosos, cuyo promotor es Víctor Manuel Cortés Medina, en el término municipal de Almendralejo. Expte.: IA20/1244.
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NÚMERO 139
Miércoles, 21 de julio de 2021

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todas las obras de construcción, desbroces iníciales, instalaciones auxiliares, líneas
eléctricas asociadas, zonas de acopios y todas aquellas otras actuaciones que, derivadas de la obra, generen los citados movimientos de tierra en cotas bajo rasante
natural.


Si como consecuencia de estos trabajos se confirmara la existencia de restos arqueológicos que pudieran verse afectados por las actuaciones derivadas del proyecto de referencia, se procederá a la paralización inmediata de las obras en el
área de afección, que será balizada para preservarla de tránsitos, y se realizará
una primera aproximación a la cronología, naturaleza y extensión de los restos.
Estos datos serán remitidos mediante informe técnico a la Dirección General de
Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural que cursará visita de evaluación con
carácter previo a la emisión de informe de necesidad de excavación completa de
los hallazgos localizados. En caso de considerarse oportuno, dicha excavación no
se limitará en exclusiva a la zona de afección directa, sino que podrá extenderse
hasta alcanzar la superficie necesaria para dar sentido a la definición contextual
de los restos y a la evolución histórica del yacimiento. Así mismo, se acometerán
cuantos procesos analíticos (dataciones, botánicos, faunísticos, etc.) se consideren
necesarios para clarificar aspectos relativos al marco cronológico y paleopaisajístico del yacimiento afectado. Finalizada la intervención arqueológica y emitido el
informe técnico exigido por la legislación vigente (artículo 9 del Decreto 93/1997,
regulador de la Actividad Arqueológica en Extremadura), se emitirá, en función de
las características de los restos documentados, autorización por la Dirección General de Patrimonio para el levantamiento de las estructuras localizadas con carácter
previo a la continuación de las actuaciones en este punto, previa solicitud por parte
de la empresa ejecutora de las obras.



• Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria deberán realizarse en
instalaciones adecuadas para ello (cambios de aceite, etc.), evitando los posibles
vertidos accidentales al medio, así como se controlará las emisiones de gases y
contaminantes de los vehículos y maquinaria utilizados en la obra, mediante su
correspondiente revisión y la continua puesta a punto.



• Para evitar niveles de inmisión elevados de partículas en suspensión durante la
fase de obras, se procederá al riego sistemático de las superficies que puedan provocar este tipo de contaminación.



• Las áreas donde se desarrollen trabajos de obra deberán estar dotadas de bidones
y otros elementos adecuados de recogida de residuos sólidos y líquidos de obra
(aceites, grasa, piezas sustituidas, etc.), así como las basuras generadas por el