Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Normas Subsidiarias. (2021AC0053)
Acuerdo de 27 de mayo de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal consistente en adaptar las determinaciones aplicables al suelo no urbanizable a las previsiones del vigente Plan Territorial de la Vera. Jarandilla de la Vera.
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NÚMERO 139
Miércoles, 21 de julio de 2021

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Dada la fertilidad del terreno y la existencia de una infraestructura válida
de riego, así como a su alta productividad, se le ha asignado la leyenda de
“Agrícola e Hidrológico”; para diferenciarla de otras zonas agrícolas en las que
también se considera positivo el mantenimiento del aprovechamiento agrícola,
pero caracterizadas por una menor productividad. Coincide esta clasificación
de suelo con las Vegas del Tiétar y los terrenos cercanos al núcleo urbano
que presentan infraestructuras de riego. En el Plan Territorial de la Vera los
suelos de las Vegas del Tiétar estaban considerados como “Suelos de Alta
Productividad”, en concreto para Jarandilla de la Vera se ha ampliado dicha
protección también a los que presentan gran productividad e infraestructuras
en las inmediaciones del núcleo urbano.
SNUPE-4: FORESTAL:
Esta figura comprende aquellos suelos no urbanizables, que exigen ser
preservados de edificaciones y usos no relacionados directamente con el uso
y destino forestal e hidrológico de los mismos. Destacan por sus recursos
agropecuarios / forestales y ser terrenos contenidos en Montes de Utilidad
Pública.

GRUPO III "INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTOS"
Se trata de aquellos suelos que sean precisos para la protección de
dotaciones por razón de su colindancia con los destinados a infraestructuras y
equipamientos públicos y, como mínimo, los que conforme a la legislación
sectorial reguladora de unas y otros queden sujetos a normas de policía
dirigidas a asegurar su integridad y funcionalidad, en la variedad específica de
protección de infraestructuras y equipamientos. DE LA PROTECCIÓN DE
INFRAESTRUCTUAS Y EQUIPAMIENTOS.
SNUPI-1: CARRETERAS:
Contienen todos los suelos que se encuentran dentro de la afección de
carreteras que articulan el territorio en Jarandilla de la Vera, entre las cuales
se encuentran dos de rango regional (EX - 119 y 203) y otras dos de rango
provincial (CC – 45, CC – 77 y acceso a Guijo de Santa Bárbara). Se marca
sobre el territorio la zona de policía desde la EX 203 con una afección de 28
metros (3 m carril viario + 25 m zona de policía) desde el eje a cada margen,
de modo informativo, estas distancias se adaptaran a la legislación vigente en
cada caso en concreto para el cual se someterá cualquier iniciativa a