Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Normas Subsidiarias. (2021AC0046)
Acuerdo de 25 de marzo de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre modificación puntual n.º 12 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Fuentes de León, para eliminar la protección del cementerio (artículo 267) y modificar algunos artículos de la normativa urbanística, relacionados con los usos industrial y dotacional (artículos 189, 238, 257, 260, 261, 262, 265 y 273) y con las condiciones estéticas (artículo162).
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NÚMERO 138
Martes, 20 de julio de 2021




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Se recomienda que los rellenos u otros movimientos de tierra no afecten a los cauces ni
bosques de riberas.
Los movimientos de tierra que presenten serias dificultades para el tratamiento de
taludes y terraplenes resultantes de cara a su integración en el paisaje deberán evitarse.

B.8.1.6.2. Medidas correctoras.
 Cuando haya que construir en zonas de alta calidad paisajística se evitará la localización
de acopios para la construcción en lugares de importante incidencia visual. El proyecto
de construcción señalizará estos lugares adecuadamente.
 En el caso de construcción en parajes de notable calidad paisajística se delimitarán
cuidadosamente los lugares reservados para depósito de maquinaria.
 Conservación y reconstrucción de muros de cerramiento (de piedra o propios del lugar)
que, como elementos lineales, añaden belleza al conjunto.
 Se potenciarán los cerramientos con pantallas vegetales, a fin de conseguir el
apantallamiento visual de la zona mediante la plantación de especies arbóreas y
arbustivas autóctonas.
 El cercado de fincas se hará con alguno de los siguientes materiales:
o Setos naturales a base de arbustos o árboles sin límite de altura, salvo cuando
puedan ocasionar efecto de barrera sobre vistas panorámicas de calidad o
elementos destacados del paisaje.
o Alambre o rejilla.
 Cuando sea necesario nivelar terrenos para construir y el volumen de tierra movida haga
necesaria la construcción de muros de contención, el que corresponda al talud de
préstamo debería tener como altura máxima 3 m y en cualquier caso quedar oculto por
la edificación o vegetación, bien de plantas trepadoras bien de seto. Los muros que haya
que construir en taludes de depósito no deberían rebasar los 2 m de altura.
 Como alternativa a la medida anterior, también se podrán construir muros superiores a
los especificados con la condición de que puedan ser recubiertos de vegetación
formando un muro ecológico.
 Restauración de construcciones rurales tradicionales y otras relacionadas con el regadío
tradicional y el abastecimiento humano de agua del ganado: albercas, pozos, fuentes,
pilares, abrevaderos etc.
 Mantenimiento de caminos, cañadas y veredas.
 En la construcción de viales los desmontes o terraplenes que fuera necesario establecer
por causa de la topografía, no deberían alterar el paisaje, para lo cual deberá darse un
tratamiento superficial que incluya si fuera posible la repoblación o cuanto menos la
hidrosiembra de plantas trepadoras o correderas.
 En cualquier caso, en las obras de infraestructuras una vez retirada la maquinaria, el
área afectada será completamente restaurada.