Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062204)
Resolución de 5 de julio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental de sometimiento a evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto "Reforestación de 135 ha en la finca La Loba", cuyo promotor es D. Olaf Mulder, en el término municipal de Descargamaría (Cáceres). Expte.: IA19/1875.
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NÚMERO 137
Lunes, 19 de julio de 2021

37254

Para la elección de la ubicación, en su caso, de instalaciones auxiliares se deberá evitar
la ocupación del dominio público hidráulico y de la zona de servidumbre de los cauces.
Se evitará también, en la medida de lo posible, la ocupación de la zona de policía de
cauce público y de terrenos situados sobre materiales de alta permeabilidad.
Las zonas en las que se ubiquen las instalaciones auxiliares y parques de maquinaria
deberán ser impermeabilizadas para evitar la contaminación de las aguas subterráneas. Las aguas procedentes de la escorrentía de estas zonas impermeabilizadas
deberán ser recogidas y gestionadas adecuadamente para evitar la contaminación
del dominio público hidráulico.
En relación a las aguas residuales generadas por la eventual instalación de aseos,
duchas… en las casetas de obra…, se recomienda la disposición de un depósito
estanco, sin salida al exterior, que almacene las aguas residuales para, posteriormente, ser retiradas de forma periódica para su tratamiento mediante gestor autorizado. No obstante, en el caso de que, finalmente, se produjera vertido sobre algún
elemento del dominio público hidráulico, previamente, se deberá disponer de la
correspondiente autorización de vertido de esta Confederación Hidrográfica, según
lo establecido en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico.


•O
 tras consideraciones:


Se considera importante el mantenimiento de la vegetación de ribera, especialmente la autóctona, que pueda existir en la zona de actuación, tanto arbórea como
arbustiva, puesto que desempeña importantes funciones ecológicas e hidrológicas.
Este aspecto cobra mayor importancia al afectar el proyecto a un espacio catalogado como Zona de Especial Conservación (ZEC), en concreto, la ZEC Sierra de Gata
(ES4320037).
Toda actuación no prevista en la documentación aportada que surja en el transcurso
de las obras y durante la vida útil de las instalaciones, así como en la fase de desmantelamiento de las mismas, en su caso, y que pueda afectar al dominio público
hidráulico será puesta en conocimiento de este organismo de cuenca, a la mayor
brevedad posible.
Se indica que el informe emitido no exime de cualquier autorización o concesión que
competa otorgar a esta Confederación Hidrográfica en aplicación de la legislación
vigente en materia de su competencia. Cualquier obra en cauce o zona de policía
requerirá de la correspondiente autorización de esta Confederación Hidrográfica, así
como de autorización de vertido en caso de que éste se realice al dominio público
hidráulico.