Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062257)
Resolución de 13 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica a favor de la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX) para la realización del proyecto "Desarrollo Proyectos de Investigación en Supercomputación - Proyecto Mipyme Digital" en el ejercicio 2021.
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NÚMERO 137
Lunes, 19 de julio de 2021
37114
Décima. Causas de resolución y efectos de la misma.
Serán causas de Resolución del presente Convenio:
— El vencimiento del plazo de eficacia.
— El acuerdo de las partes, formalizado por escrito.
— La imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de las actividades descritas.
— La denuncia del Convenio instada por una de las partes ante el incumplimiento de la
otra, de acuerdo con los términos establecidos en el presente documento. Es este caso,
la parte cumplidora notificará a la otra el incumplimiento, concediendo un plazo de 15
días para subsanarlo y, en caso negativo, se dará por finalizado y extinguido el Convenio.
— Falta o insuficiencia de crédito.
En cualquier caso, su resolución anticipada no afectará a las actividades en curso que deberán
ser realizadas hasta su completa finalización
Undécima. Publicidad.
La identificación de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital deberá aparecer
en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta
transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas en la
correspondiente normativa.
Para los supuestos en los que exista financiación con cargo a fondos comunitarios se deberán cumplir los requisitos establecidos en esta materia por el Reglamento (UE) 1303/2013
del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 y su anexo XII, sobre las
actividades de información y publicidad que deben llevar a cabo los Estados Miembros en
relación con las intervenciones de los fondos estructurales, así como lo dispuesto en el Plan
de Comunicación de los Programas Operativos FEDER y FSE 2014-2020 para Extremadura.
Todas las actuaciones, actividades, eventos, congresos, certámenes, etc., que sean financiados con fondos estructurales deberán cumplir con los requisitos de identificación, información
y publicidad. Asimismo, deberán cumplirse los requisitos establecidos en el Decreto 50/2001,
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa
Lunes, 19 de julio de 2021
37114
Décima. Causas de resolución y efectos de la misma.
Serán causas de Resolución del presente Convenio:
— El vencimiento del plazo de eficacia.
— El acuerdo de las partes, formalizado por escrito.
— La imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de las actividades descritas.
— La denuncia del Convenio instada por una de las partes ante el incumplimiento de la
otra, de acuerdo con los términos establecidos en el presente documento. Es este caso,
la parte cumplidora notificará a la otra el incumplimiento, concediendo un plazo de 15
días para subsanarlo y, en caso negativo, se dará por finalizado y extinguido el Convenio.
— Falta o insuficiencia de crédito.
En cualquier caso, su resolución anticipada no afectará a las actividades en curso que deberán
ser realizadas hasta su completa finalización
Undécima. Publicidad.
La identificación de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital deberá aparecer
en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta
transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas en la
correspondiente normativa.
Para los supuestos en los que exista financiación con cargo a fondos comunitarios se deberán cumplir los requisitos establecidos en esta materia por el Reglamento (UE) 1303/2013
del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 y su anexo XII, sobre las
actividades de información y publicidad que deben llevar a cabo los Estados Miembros en
relación con las intervenciones de los fondos estructurales, así como lo dispuesto en el Plan
de Comunicación de los Programas Operativos FEDER y FSE 2014-2020 para Extremadura.
Todas las actuaciones, actividades, eventos, congresos, certámenes, etc., que sean financiados con fondos estructurales deberán cumplir con los requisitos de identificación, información
y publicidad. Asimismo, deberán cumplirse los requisitos establecidos en el Decreto 50/2001,
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa