Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Subvenciones. (2021050134)
Orden de 15 de julio de 2021 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones contempladas en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 137
Lunes, 19 de julio de 2021

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3º. Duración del contrato: fecha de entrada en vigor y fecha de vencimiento.



4º. Precio del arrendamiento de la vivienda y del garaje y trastero, en su caso. Fórmula
de actualización de la renta, en su caso. Si existiendo garaje y/o trastero, el contrato no incluyera el correspondiente desglose de precios, se imputará a cada uno de
ellos (garaje y/o trastero) un 10% del precio total consignado en el contrato; con la
consiguiente exclusión de la ayuda.

Si el contrato no recogiera todo el contenido mínimo exigido, podrá aportarse un anexo,
firmado por ambas partes contratantes.


Si el contrato estuviera vencido a la fecha de presentación de la solicitud o venciera
dentro del período de renta subvencionable, se deberá aportar copia de la prórroga
convenida, firmada por ambas partes contratantes, en su caso.

Si el contrato presentara cláusulas dudosas acerca de su duración real, se deberá aportar adenda, firmada por ambas partes contratantes, que haga constar expresamente la
duración del propio contrato.
Si, durante el plazo de renta subvencionada transcurrido hasta la fecha de la presentación de la solicitud, hubiera estado en vigor más de un contrato de arrendamiento, las
personas interesadas deberán presentar copia de todos ellos, en los términos previstos
en esta letra.
b) Copia del certificado o volante colectivo histórico de empadronamiento, que deberá
acreditar las personas que tienen su domicilio habitual y permanente en la vivienda
arrendada.
c) Nota simple del servicio de índices del Registro de la Propiedad, relativa a todas las
personas solicitantes y, en su caso, copia del documento público que acredite la imposibilidad de ocupar la vivienda de que sean titulares las mismas.
d) Modelo normalizado de Alta de Terceros, que haga constar sus datos identificativos y
los datos de la cuenta bancaria en la que deba efectuarse el abono de la ayuda, siempre
que no tuviera cuenta activa en el Subsistema de Terceros. Las personas interesadas
deberán ser titulares o cotitulares de la cuenta bancaria.
3. El órgano directivo competente en materia de vivienda recabará electrónicamente los documentos que, seguidamente, se relacionan, salvo que las personas interesadas se hubieren
opuesto expresamente a ello en el modelo normalizado de solicitud:
a) Copia del documento nacional de identidad (DNI), número de identidad de extranjero
(NIE) o tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal (NIF) de la/s persona/s
solicitante/s y del representante, en su caso.