Diputación Provincial De Cáceres. Tributos. (2021ED0098)
Edicto de 5 de julio de 2021 sobre Convenio entre el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria y la Entidad Local Menor de Navatrasierra para la delegación de la gestión y recaudación de multas por infracciones a la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
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NÚMERO 137
Lunes, 19 de julio de 2021

37312

II. Que la Entidad Local Menor de Navatrasierra al amparo de lo previsto en:
— Artículos 27 y 106.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,
— Artículos 2 y 7 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
— Artículos 9 y 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, y
—
Artículo 8.b) del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto
939/2005 de 29 de julio, acordó en sesión de la Junta Vecinal de fecha 17 de marzo de
2021 delegar en la Diputación Provincial de Cáceres, a través del OARGT, las facultades
de gestión y recaudación de multas por infracción a la LSV y a las Ordenanzas Municipales de Circulación, en su caso, delegación aceptada por el Pleno de la Diputación en
sesión plenaria de fecha 29 de abril de 2021,
III. Que citado Ayuntamiento no tiene aprobada Ordenanza Municipal en materia de circulación.
IV. Que en base a lo anterior, para articular y llevar a la práctica esta delegación, estando
legítimamente facultados los comparecientes para actuar en nombre de las corporaciones
a que representan, se procede a la formalización del presente Convenio que estará sujeto
a las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera: Objeto.
El objeto de este convenio consiste en la realización por parte del OARGT de las funciones
de colaboración en el procedimiento sancionador, de gestión y de recaudación en periodo
voluntario y ejecutivo de las deudas correspondientes a multas por infracción a la LSV y a
las correspondientes Ordenanzas Municipales en materia de Tráfico, impuestas por la Entidad
Local Menor de Navatrasierra.
Segunda: Contenido.
Además de las obligaciones establecidas en la legislación vigente para los órganos recaudadores, el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria asume las obligaciones
derivadas del cumplimiento de este Convenio, y en particular las siguientes:
a) Nombrar un instructor dentro de la plantilla del OARGT para el control, seguimiento y
resolución de cuantas gestiones sean necesarias para la tramitación de los expedientes
sancionadores.