Diputación Provincial De Cáceres. Tributos. (2021ED0098)
Edicto de 5 de julio de 2021 sobre Convenio entre el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria y la Entidad Local Menor de Navatrasierra para la delegación de la gestión y recaudación de multas por infracciones a la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
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NÚMERO 137

37311

Lunes, 19 de julio de 2021

EDICTO de 5 de julio de 2021 sobre Convenio entre el Organismo Autónomo
de Recaudación y Gestión Tributaria y la Entidad Local Menor de Navatrasierra
para la delegación de la gestión y recaudación de multas por infracciones a la
Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. (2021ED0098)
EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL
ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN Y GESTIÓN TRIBUTARIA
EDICTO
El Pleno de la Excma. Diputación Provincial en sesión ordinaria de fecha 29 de abril de 2021
adoptó, entre otros, el Acuerdo de aprobar el Convenio de Delegación entre la Entidad Local
Menor de Navatrasierra y el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la
Excma. Diputación Provincial de Cáceres, para la prestación del servicio de gestión y recaudación de multas por infracciones a la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y
Seguridad Vial.
CONVENIO LA ENTIDAD LOCAL MENOR DE NAVATRASIERRA CON EL
ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN Y GESTIÓN TRIBUTARIA
PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN Y RECAUDACIÓN
DE MULTAS POR INFRACCIONES A LA LEY SOBRE TRÁFICO,
CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL.
Cáceres, 21 de mayo de 2021.
REUNIDOS
De una parte el Sr. Carlos Carlos Rodríguez, Presidente del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial, con CIF n.º P6000001E, en nombre del
mismo y asistido por el Secretario del organismo, Sr. D. Martín Morgado Panadero.
Y de la otra, Sr. D. Feliciano Díaz Fernández, Alcalde-Presidente de la Entidad Local Menor
de Navatrasierra, con CIF n.º P1000003B, en nombre y representación de la Corporación y
asistido del Secretario D. Juan Luis Rafael Luengo Soria.
EXPONEN
I. Que la Diputación de Cáceres, a través del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión
Tributaria (en adelante OARGT), dependiente de la misma, puede realizar funciones relativas a la gestión y recaudación de las multas y sanciones derivadas de infracciones a la Ley
sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial (LSV), aprobado por Real
Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad vial, por la que se regula
el permiso y la licencia de conducción por puntos y demás normas de desarrollo.