Diputación Provincial De Badajoz. Tributos. (2021ED0097)
Edicto de 5 de julio de 2021 sobre Convenio entre el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria y el Ayuntamiento de Carrascalejo para la delegación de la gestión y recaudación de multas por infracciones a la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
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NÚMERO 137
Lunes, 19 de julio de 2021

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k) La liquidación de los intereses de demora.
l) La resolución y ejecución de los expedientes de devolución de ingresos indebidos.
m) La resolución de los expedientes derivados de solicitudes de aplazamientos y fraccionamientos de pago conforme a la Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección del OARGT que en cada momento se encuentre vigente.
n) La resolución de los recursos que puedan interponerse contra los actos que se deriven
del procedimiento recaudatorio y la ejecución de esas resoluciones.
o) 
Cuantos otros actos sean precisos para garantizar el efectivo cumplimiento de las
anteriores.
En virtud de lo previsto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, se encomienda al OARGT la instrucción del procedimiento sancionador así como la notificación de los actos administrativos
dictados en el mismo, no suponiendo, por ello, cesión de la titularidad de la competencia,
siendo responsabilidad del Ayuntamiento dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad.
Tercera: Normas de funcionamiento y ejercicio de las facultades.
a) Iniciación:
1. El OARGT deberá poner a disposición del Ayuntamiento la aplicación de gestión de
multas que permita la grabación de todos los datos precisos y actos que se deriven
del procedimiento, así como el conocimiento puntual del estado de los expedientes
sancionadores.
2. El OARGT mantendrá en todo momento actualizado el Censo de vehículos de la Provincia
según protocolo de transmisión de los datos con la Dirección Provincial de Tráfico.
3. El OARGT adquirirá el hardware y los medios materiales necesarios para el correcto funcionamiento del servicio, que se pondrá a disposición del Ayuntamiento para su uso. En
particular, se adquirirán, en función de las necesidades del Ayuntamiento y a solicitud
del mismo, unidades de PDAs, impresoras, escáners y TPVs, por los cuales el OARGT
percibirá la contraprestación económica que en su momento se establezca en la correspondiente ordenanza fiscal, o en su defecto en el presente convenio. Estas contraprestaciones serán compensadas de las sucesivas entregas a cuenta de la recaudación.
4. A
 l objeto de evitar la prescripción, el OARGT determinará los plazos y especificaciones
a que deberán ajustarse todas las fases del procedimiento, pudiendo, en su caso, re-