Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062242)
Resolución de 12 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica a favor de FEVAL-Gestión de Servicios, SLU, para financiar la realización del Proyecto "Desarrollo de proyectos TIC" en el ámbito de la Dirección General de Agenda Digital de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital en el ejercicio 2021.
101 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 136
Viernes, 16 de julio de 2021

36714

Sin perjuicio de todo lo anterior, y de conformidad con el artículo 125 del citado Reglamento
(UE) n.º 1303/2013, de 18 de diciembre, la entidad FEVAL-GESTIÓN DE SERVICIOS, SLU
reconoce y acepta, para la transferencia específica recogida en el presente Convenio, el cumplimiento de los requisitos específicos indicados en el Anexo IV (D.E.C.A.) del mismo al estar
sujetas a cofinanciación por parte de la Unión Europea.
Para la justificación total de la transferencia específica, el centro gestor deberá remitir a la
Intervención delegada un certificado en el que haga constar las actuaciones realizadas y su
coste, el objeto de las mismas, que son gastos acogidos a la presente transferencia, que están
efectivamente realizados y acreditados mediante facturas o documentos de valor probatorio
equivalentes, y que los mismos han sido pagados. Del mismo modo, el certificado deberá
indicar la fecha y el objeto que contiene la factura o documento justificativo de los gastos.
Sexta. Pago de la Transferencia específica.
Esta transferencia específica se hará efectiva de conformidad con lo dispuesto en el artículo
108.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y el artículo 3.1 del Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de disposición
de fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2005. De
esta forma:
— A la firma del presente Convenio se procede a tramitar el pago de los tres primeros 25%
del importe total de la transferencia específica indicada en la cláusula primera.
— Dentro del tercer trimestre, se deberá aportar justificación por el equivalente al 50% del
importe del total de la transferencia.
— Dentro del primer mes del cuarto trimestre, se procederá por la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, al pago del último 25% del importe total de la transferencia específica, siguiendo lo dispuesto en el citado Decreto 105/2005, de 12 de abril,
siempre que se haya presentado la justificación referida en el apartado anterior. En caso
de demorarse la presentación de dicha justificación no se procederá al libramiento del
último pago hasta que la misma tenga lugar, que deberá realizarse en todo caso, antes
del 1 de diciembre de 2021.
La justificación final correspondiente al importe total de los gastos pendientes de justificar se
deberá presentar antes del 31 de marzo de 2022.
No obstante, y previo informe favorable de la comisión de seguimiento FEVAL-GESTIÓN DE
SERVICIOS, SLU, mediante escrito dirigido al órgano gestor, podrá renunciar, siempre que
esté suficientemente motivado, al último pago del 25% del importe total de la transferencia

Fondo Europeo de Desarrollo Regional
"Una manera de hacer Europa"