Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062239)
Resolución de 12 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda y "URVIPEXSA, SA", para la gestión del programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021, previstas en el Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, por el que se regula el programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes y se regula la concesión directa de las ayudas a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla.
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NÚMERO 136
Viernes, 16 de julio de 2021
36675
El Encargado del Tratamiento seguirá siendo plenamente responsable ante el Responsable del
Tratamiento en lo referente al cumplimiento de las obligaciones.
El Encargado del Tratamiento está obligado a informar al Responsable del Tratamiento de
cualquier cambio en la incorporación o sustitución de otros subencargados con una antelación
de 1 mes, dando así al Responsable del Tratamiento la oportunidad de oponerse a dichos
cambios.
Undécima. Responsabilidad.
El Encargado del Tratamiento se compromete a cumplir con las obligaciones establecidas en
el presente convenio y en la normativa vigente, en relación con el presente encargo de tratamiento.
El Encargado del Tratamiento será considerado responsable del tratamiento en el caso de
que destine los datos a otras finalidades, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del presente convenio, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido
personalmente.
Las partes responderán de las infracciones en que hubiesen incurrido personalmente, manteniendo indemne a la parte contraria frente a cualquier perjuicio que se derivase de dicha
infracción.
Duodécima. Confidencialidad.
La totalidad de los términos y condiciones del presente documento, incluidos sus anexos, tienen carácter confidencial, estando sujetos a las obligaciones expuestas a lo largo del acuerdo.
Ambas partes, en prueba de su conformidad, firman el presente convenio, por duplicado
ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.
Viernes, 16 de julio de 2021
36675
El Encargado del Tratamiento seguirá siendo plenamente responsable ante el Responsable del
Tratamiento en lo referente al cumplimiento de las obligaciones.
El Encargado del Tratamiento está obligado a informar al Responsable del Tratamiento de
cualquier cambio en la incorporación o sustitución de otros subencargados con una antelación
de 1 mes, dando así al Responsable del Tratamiento la oportunidad de oponerse a dichos
cambios.
Undécima. Responsabilidad.
El Encargado del Tratamiento se compromete a cumplir con las obligaciones establecidas en
el presente convenio y en la normativa vigente, en relación con el presente encargo de tratamiento.
El Encargado del Tratamiento será considerado responsable del tratamiento en el caso de
que destine los datos a otras finalidades, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del presente convenio, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido
personalmente.
Las partes responderán de las infracciones en que hubiesen incurrido personalmente, manteniendo indemne a la parte contraria frente a cualquier perjuicio que se derivase de dicha
infracción.
Duodécima. Confidencialidad.
La totalidad de los términos y condiciones del presente documento, incluidos sus anexos, tienen carácter confidencial, estando sujetos a las obligaciones expuestas a lo largo del acuerdo.
Ambas partes, en prueba de su conformidad, firman el presente convenio, por duplicado
ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.