Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021062156)
Resolución de 1 de julio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de planta solar fotovoltaica "Los Castúos" e infraestructura de evacuación, cuyo promotor es Saipan Solar, SL, en el término municipal de Cáceres (Cáceres). Expte.: IA20/057.
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NÚMERO 135
Jueves, 15 de julio de 2021
36395
2.2. No se iniciarán los trabajos de construcción entre los meses de abril a junio para
evitar el periodo reproductor de la fauna. Ante la imposibilidad de cumplir este
período, se deberán tomar medidas correctoras que se recogerán en el Plan de
Vigilancia Ambiental.
2.3. El ruido producido por el funcionamiento de la maquinaria será minimizado con un
mantenimiento regular de la misma, ya que así se eliminan los ruidos procedentes
de elementos desajustados que trabajan con altos niveles de vibración.
2.4. S
e mantendrá la maquinaria en correcta puesta a punto en cuanto a los procesos
generadores de gases y humos.
2.5. No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción externa sobrepase, al límite de parcela, los niveles máximos permitidos en la
legislación vigente.
2.6. Para el control de los derrames, todas las zonas destinadas al almacenamiento de
residuos, deberán disponer de algún sistema de recogida o contención de fugas.
2.7. Se habilitará una zona en el interior de los límites de las parcelas afectadas para el
mantenimiento de vehículos. No se realizarán tareas de mantenimiento de la maquinaria o los vehículos en áreas distintas a las destinadas para ello. Estas zonas
se ubicarán fuera del Dominio Público Hidráulico.
2.8. Con objeto de preservar la adecuada gestión y seguimiento de los residuos retirados, el promotor tendrá a disposición los documentos que acrediten la correcta
gestión de los mismos a los diferentes gestores autorizados.
2.9. Los residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley
22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Deberán habilitarse
las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en función de su
tipología, clasificación y compatibilidad.
2.10. A
l finalizar las obras se pondrá especial atención en la retirada de cualquier material no biodegradable o contaminante que se produzca a la hora de realizar los
trabajos (embalajes, plásticos, metales, etc.). Estos residuos deberán almacenarse de forma separada y gestionarse por gestor autorizado.
2.11. L os residuos de construcción y demolición (RCD) que se generen, se deberán
separar adecuadamente y entregar a una planta de reciclaje autorizada para
su tratamiento, cumpliendo en todo caso con lo establecido en el Real Decreto
Jueves, 15 de julio de 2021
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2.2. No se iniciarán los trabajos de construcción entre los meses de abril a junio para
evitar el periodo reproductor de la fauna. Ante la imposibilidad de cumplir este
período, se deberán tomar medidas correctoras que se recogerán en el Plan de
Vigilancia Ambiental.
2.3. El ruido producido por el funcionamiento de la maquinaria será minimizado con un
mantenimiento regular de la misma, ya que así se eliminan los ruidos procedentes
de elementos desajustados que trabajan con altos niveles de vibración.
2.4. S
e mantendrá la maquinaria en correcta puesta a punto en cuanto a los procesos
generadores de gases y humos.
2.5. No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción externa sobrepase, al límite de parcela, los niveles máximos permitidos en la
legislación vigente.
2.6. Para el control de los derrames, todas las zonas destinadas al almacenamiento de
residuos, deberán disponer de algún sistema de recogida o contención de fugas.
2.7. Se habilitará una zona en el interior de los límites de las parcelas afectadas para el
mantenimiento de vehículos. No se realizarán tareas de mantenimiento de la maquinaria o los vehículos en áreas distintas a las destinadas para ello. Estas zonas
se ubicarán fuera del Dominio Público Hidráulico.
2.8. Con objeto de preservar la adecuada gestión y seguimiento de los residuos retirados, el promotor tendrá a disposición los documentos que acrediten la correcta
gestión de los mismos a los diferentes gestores autorizados.
2.9. Los residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley
22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Deberán habilitarse
las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en función de su
tipología, clasificación y compatibilidad.
2.10. A
l finalizar las obras se pondrá especial atención en la retirada de cualquier material no biodegradable o contaminante que se produzca a la hora de realizar los
trabajos (embalajes, plásticos, metales, etc.). Estos residuos deberán almacenarse de forma separada y gestionarse por gestor autorizado.
2.11. L os residuos de construcción y demolición (RCD) que se generen, se deberán
separar adecuadamente y entregar a una planta de reciclaje autorizada para
su tratamiento, cumpliendo en todo caso con lo establecido en el Real Decreto