Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021062156)
Resolución de 1 de julio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de planta solar fotovoltaica "Los Castúos" e infraestructura de evacuación, cuyo promotor es Saipan Solar, SL, en el término municipal de Cáceres (Cáceres). Expte.: IA20/057.
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NÚMERO 135
Jueves, 15 de julio de 2021

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tadores electro- mecánicos de equipos, etc. Además, contribuirá a fijar población en el
entorno de la instalación, que en Extremadura tiene una importancia vital. En cuanto a
la actividad económica se verá beneficiada por la recaudación de impuestos (Impuesto
sobre los Bienes Inmuebles, Impuesto sobre la Actividad Económica, Impuesto sobre
Construcciones, Instalaciones y Obras).
Un impacto a tener en cuenta es la posible afección a los usos potenciales, en este caso
el principal uso es el ganadero, el cual es completamente compatible con la explotación
del proyecto, ya que el ganado podrá́ seguir haciendo uso de las áreas del parque fotovoltaico, además se ha intentado en todo momento que la afección con la construcción
e instalación de la planta fotovoltaica sea la mínima.
— Sinergias.
En el EsIA, la promotora incluye un estudio de las sinergias en el que se analizan los
efectos acumulativos y sinérgicos de la planta solar fotovoltaica “Los Castúos” y su infraestructura de evacuación con proyectos planificados en el entorno, que corresponden
con la planta fotovoltaica “El Acoto”.
El estudio sinérgico de los proyectos ofrece una visión global de los efectos sobre el
medio, y permite gestionar las medidas preventivas, correctoras y complementarias de
una forma más coherente y efectiva, siendo las medidas propuestas en ambos estudios,
coherentes con este precepto.
Asimismo, la presencia de ambos proyectos de forma conjunta no genera nuevos impactos a considerar, más bien, la proyección de varios proyectos en un entorno próximo
y en la misma escala de tiempo, ofrece la posibilidad de realizar un diseño y planificación de las infraestructuras, optimizando los recursos y reduciendo el impacto ambiental que estas hubiesen tenido de manera individual.
— Vulnerabilidad del proyecto.
El promotor incluye “Análisis de Vulnerabilidad del Proyecto” en el documento ambiental, de conformidad con lo estipulado en la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que
se modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, conforme a
las premisas y directrices de la Instrucción 2/2020, dictada por la Dirección General
de Sostenibilidad, sobre el análisis de la vulnerabilidad de los proyectos sometidos a
evaluación de impacto ambiental ante accidentes graves o catástrofes, sobre el riesgo de que se produzcan dichos accidentes o catástrofes y sobre los probables efectos
adversos significativos sobre el medio ambiente en caso de ocurrencia de los mismos.
Asimismo, recoge certificados suscritos por el titular de la actividad de no aplicación de