Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Normas Subsidiarias. (2021AC0045)
Acuerdo de 19 de diciembre de 2019, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre modificación puntual n.º 14 (1/2018) de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Torremayor, consistente en eliminar la UA-3 y la clasificación como suelo urbano consolidado de los terrenos incluidos dentro de su ámbito.
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NÚMERO 135
Jueves, 15 de julio de 2021
36350
En el Anexo II de la modificación se aportan certificados catastrales con los datos de los propietarios de los terrenos afectados por la modificación. Consultada la información histórica de
titularidad de la sede electrónica de Catastro se comprueba que las parcelas afectadas por
esta modificación de las NN.SS. no han experimentado cambios de titularidad en los últimos
5 años.
5. A
rticulado afectado por la modificación.
La presente innovación de planeamiento conlleva la supresión del epígrafe 4: UA 3 del Título
VII, Anexo 1, Unidades de Ejecución en suelo urbano y polígonos en suelo apto para urbanizar, que incluye los artículos VII.8 Objetivos y VII.9 Sistema de actuación.
Así mismo el epígrafe 10. Delimitación de área de reparto y aprovechamiento tipo establece
que todas las Unidades de Ejecución del suelo urbano de Torremayor están incluidas dentro
de una única Área de Reparto recogiendo en una tabla los datos de todas ellas. Se modifica
esta tabla en la cual desaparece la columna correspondiente a la UA-3.
6. Extracto explicativo de los posibles efectos ambientales.
La presente innovación de planeamiento, cuyo objeto se centra en eliminar la Unidad de Actuación 3 reclasificando los suelos incluidos dentro de su ámbito como urbano consolidado
de uso residencial, no se encuentra incluida en ninguno de los supuestos previstos ni en el
artículo 38 ni en el artículo 49 de la Ley 16/2015 de Protección Ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, ya que se trata de una modificación menor de unas normas subsidiarias que aunque afecta a suelo urbano, no supone ni la ampliación, ni modificación de
las condiciones para el establecimiento de proyectos o actividades sometidos a evaluación de
impacto ambiental ordinaria.
Jueves, 15 de julio de 2021
36350
En el Anexo II de la modificación se aportan certificados catastrales con los datos de los propietarios de los terrenos afectados por la modificación. Consultada la información histórica de
titularidad de la sede electrónica de Catastro se comprueba que las parcelas afectadas por
esta modificación de las NN.SS. no han experimentado cambios de titularidad en los últimos
5 años.
5. A
rticulado afectado por la modificación.
La presente innovación de planeamiento conlleva la supresión del epígrafe 4: UA 3 del Título
VII, Anexo 1, Unidades de Ejecución en suelo urbano y polígonos en suelo apto para urbanizar, que incluye los artículos VII.8 Objetivos y VII.9 Sistema de actuación.
Así mismo el epígrafe 10. Delimitación de área de reparto y aprovechamiento tipo establece
que todas las Unidades de Ejecución del suelo urbano de Torremayor están incluidas dentro
de una única Área de Reparto recogiendo en una tabla los datos de todas ellas. Se modifica
esta tabla en la cual desaparece la columna correspondiente a la UA-3.
6. Extracto explicativo de los posibles efectos ambientales.
La presente innovación de planeamiento, cuyo objeto se centra en eliminar la Unidad de Actuación 3 reclasificando los suelos incluidos dentro de su ámbito como urbano consolidado
de uso residencial, no se encuentra incluida en ninguno de los supuestos previstos ni en el
artículo 38 ni en el artículo 49 de la Ley 16/2015 de Protección Ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, ya que se trata de una modificación menor de unas normas subsidiarias que aunque afecta a suelo urbano, no supone ni la ampliación, ni modificación de
las condiciones para el establecimiento de proyectos o actividades sometidos a evaluación de
impacto ambiental ordinaria.