Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062142)
Resolución de 30 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Casa rural y ampliación de instalaciones en el paraje La Seguirilla", cuyo promotor es D. Félix Calle Fernández, en el término municipal de Casas del Castañar (Cáceres). Expte.: IA20/0040.
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NÚMERO 134
Miércoles, 14 de julio de 2021
36050
el proyecto se desarrolla a unos 300 m de los límites de la Zona de Especial Conservación
(ZEC) “Ríos Alagón y Jerte”, curso fluvial con presencia de odonatos considerados indicadores biológicos de la calidad de los hábitats acuáticos y muy vulnerables a la contaminación
por actividad humana. Los valores naturales reconocidos en los Planes de Gestión de los
espacios Natura 2000 y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural
y de la Biodiversidad son: hábitat de ribera (código UE 91E0) a escasos metros de la localización del proyecto; área de campeo y alimentación de avifauna incluida en el Catálogo
Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, que nidifican en las sierras próximas
(no se descarta la nidificación de otras rapaces forestales en el entorno del proyecto); y
comunidad de odonatos, tratándose de taxones bien representados en el río Jerte y que
pueden considerarse como indicadores biológicos de la calidad de los hábitats acuáticos.
También en su informe considera que el proyecto, con la aplicación de medidas preventivas
y correctoras, no es susceptible de causar de forma significativa degradaciones sobre los
hábitats, ni alteraciones sobre las especies por las que se han declarado los lugares de la
Red Natura 2000 objeto del informe, y que resulta compatible con los planes de protección
vigentes de las especies presentes. Posteriormente informa favorablemente la actividad
solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos
en la Red Natura 2000, siempre que se cumplan una serie de medidas incluidas en el presente informe.
El Servicio de Prevención y Extinción de Incendios emite informe en el que comunica que
el término municipal de Casas del Castañar se encuentra íntegramente en la Zona de Alto
Riesgo Ambroz-Jerte. También comunica que en la parcela donde se localiza el proyecto no
hay registro de incendio en los últimos 30 años, y que el Valle del Jerte tiene un régimen de
incendios considerable. Además, informa de la normativa específica de incendios forestales
y en base a ella establece una serie de medidas incluidas en el presente informe.
La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural emite informe en el
que comunica que el proyecto no presenta incidencias sobre el patrimonio arqueológico
conocido, y que, para el caso de la construcción existente, no se puede determinar si en el
transcurso de su ejecución han aparecido restos arqueológicos. Finaliza informando favorablemente el proyecto, condicionado al estricto cumplimiento de una medida recogida en
el presente informe.
La Confederación Hidrográfica del Tajo emite informe en el que comunica que la actividad
se desarrolla dentro de la zona sensible del área de captación del “Embalse de JertePlasencia – ESCM551” y de la zona de influencia de vida piscícola del “Río Jerte – ZPECPECES_0005” recogidas oficialmente en el PHT 2015-2021. También comunica que, según
la cartografía consultada, el cauce más próximo es un arroyo innominado afluente del río
Jerte, situado a más de 150 m, por ello, se entiende que la actividad no tendrá ningún tipo
Miércoles, 14 de julio de 2021
36050
el proyecto se desarrolla a unos 300 m de los límites de la Zona de Especial Conservación
(ZEC) “Ríos Alagón y Jerte”, curso fluvial con presencia de odonatos considerados indicadores biológicos de la calidad de los hábitats acuáticos y muy vulnerables a la contaminación
por actividad humana. Los valores naturales reconocidos en los Planes de Gestión de los
espacios Natura 2000 y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural
y de la Biodiversidad son: hábitat de ribera (código UE 91E0) a escasos metros de la localización del proyecto; área de campeo y alimentación de avifauna incluida en el Catálogo
Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, que nidifican en las sierras próximas
(no se descarta la nidificación de otras rapaces forestales en el entorno del proyecto); y
comunidad de odonatos, tratándose de taxones bien representados en el río Jerte y que
pueden considerarse como indicadores biológicos de la calidad de los hábitats acuáticos.
También en su informe considera que el proyecto, con la aplicación de medidas preventivas
y correctoras, no es susceptible de causar de forma significativa degradaciones sobre los
hábitats, ni alteraciones sobre las especies por las que se han declarado los lugares de la
Red Natura 2000 objeto del informe, y que resulta compatible con los planes de protección
vigentes de las especies presentes. Posteriormente informa favorablemente la actividad
solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos
en la Red Natura 2000, siempre que se cumplan una serie de medidas incluidas en el presente informe.
El Servicio de Prevención y Extinción de Incendios emite informe en el que comunica que
el término municipal de Casas del Castañar se encuentra íntegramente en la Zona de Alto
Riesgo Ambroz-Jerte. También comunica que en la parcela donde se localiza el proyecto no
hay registro de incendio en los últimos 30 años, y que el Valle del Jerte tiene un régimen de
incendios considerable. Además, informa de la normativa específica de incendios forestales
y en base a ella establece una serie de medidas incluidas en el presente informe.
La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural emite informe en el
que comunica que el proyecto no presenta incidencias sobre el patrimonio arqueológico
conocido, y que, para el caso de la construcción existente, no se puede determinar si en el
transcurso de su ejecución han aparecido restos arqueológicos. Finaliza informando favorablemente el proyecto, condicionado al estricto cumplimiento de una medida recogida en
el presente informe.
La Confederación Hidrográfica del Tajo emite informe en el que comunica que la actividad
se desarrolla dentro de la zona sensible del área de captación del “Embalse de JertePlasencia – ESCM551” y de la zona de influencia de vida piscícola del “Río Jerte – ZPECPECES_0005” recogidas oficialmente en el PHT 2015-2021. También comunica que, según
la cartografía consultada, el cauce más próximo es un arroyo innominado afluente del río
Jerte, situado a más de 150 m, por ello, se entiende que la actividad no tendrá ningún tipo